San Luis Potosí - COMISIÓN ESTATAL DEL AGUA - (SLP)

Solicitud del día 18/09/2024 a la dependencia San Luis Potosí - COMISIÓN ESTATAL DEL AGUA - (SLP) del órgano San Luis Potosí

DescripciónFernando Miguel Barbosa Auces con whatsapp 4443264000. Solicito de la manera más atenta preguntar si en este momento es de su interés rentar un domicilio amplio ubicado en el centro histórico a un lado del Servicio de Administración Tributaria o bien si conoce alguna dependencia que estuviera interesada en rentar una casa en el centro histórico. De igual forma de la manera más atenta solicito conocer si esta autoridad se encuentra solicitando abogado para trabajar en su dependencia. Agradezco de antemano sus finas atenciones.Respuesta del día04/10/2024Texto de respuesta San Luis Potosí, S.L.P., a 04 de Octubre del 2024. S/N P R E S E N T E.- En atención a su solicitud de información recibida ante esta Unidad de Transparencia el día 18 de septiembre del 2024, recibida por medio de Plataforma Nacional de Transparencia, con número de folio ya señalado en el rubro y cuyo contenido textual es; “…Fernando Miguel Barbosa Auces con whatsapp 4443264000. Solicito de la manera más atenta preguntar si en este momento es de su interés rentar un domicilio amplio ubicado en el centro histórico a un lado del Servicio de Administración Tributaria o bien si conoce alguna dependencia que estuviera interesada en rentar una casa en el centro histórico. De igual forma de la manera más atenta solicito conocer si esta autoridad se encuentra solicitando abogado para trabajar en su dependencia. Agradezco de antemano sus finas atenciones…” Una vez analizado su escrito, se desprende que en él se ejerce el derecho de petición, previsto por el artículo 8º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, toda vez que formula preguntas directas y precisas, las cuales no contiene una expresión documental, por lo que su solicitud no encuadra dentro del derecho de acceso a la información establecido en el numeral 6°, apartado A, de la Constitución Política de los Unidos Mexicanos. Asimismo, en su escrito detalla requerir respuestas precisas, directas y certeras, determinado así que no está ejerciendo el derecho de acceso a la información sino de petición, dejando en evidencia no estar en la hipótesis prevista en el artículo 6, párrafo segundo, fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y artículo 17 fracción III de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí. Ello, se sostiene debido a que el derecho de acceso a la información pública en términos del artículo 3º, fracción XII, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, tutela la prerrogativa de las personas para acceder a la información pública en posesión de los sujetos obligados, derivada de las facultades, atribuciones y actividades que tienen encomendadas por Ministerio de Ley, la cual debe encontrarse asentada en documentos que den constancia de un hecho o acto del pasado o del presente, de las entidades y servidores públicos en el ejercicio de sus funciones o cualquier otro registro que documente su existencia y actividades; y no así por cuanto, a la peticiones que realizan los particulares en las que preguntan sus inquietudes, quejas, sugerencias respecto de determinados temas, dado que esto es materia del ejercicio del derecho de petición. Sirve de apoyo a lo antes expuesto, el criterio contenido en el Acuerdo del Pleno CEGAIP-328/2009, aprobado por el Consejo de la Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información del Estado de San Luis Potosí, con la voz. "DIFERENCIA ENTRE DERECHO DE PETICIÓN Y DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACION PUBLICA." En el mismo orden de ideas, me permito comunicarle que su escrito no es aplicable a esta Comisión Estatal del Agua en virtud de que los diversos cuestionamientos realizados, no se encuentran establecidos dentro las facultades y atribuciones conferidas en el reglamento interior de este Sujeto Obligado https://slp.gob.mx/cje/PDF/Comisi%C3%B3n%20Estatal%20del%20Agua,%20Reglamento%20Interior%20(01-AGO-2017).pdf. No obstante lo anterior, con la finalidad de proporcionarle una respuesta a su petición, esta Unidad de Transparencia giro el escrito de folio 241229424000056 ante la Dirección Administrativa, quien a su vez informa que al respecto de sus dos cuestionamientos informa que; 1, la respuesta es no, y 2 se informa que actualmente esta comisión no cuenta con ninguna vacante para el perfil de abogado. Sin otro particular por el momento, me manifiesto a la Archivo adjuntoDescargarFolioSLP-IP-241229424000056

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaEntrega información vía PNTTipo de respuestaMODALIDADMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta03/10/2024Fecha solicitud término04/10/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deSan Luis PotosíSector de la dependenciaPoder Ejecutivo