San Luis Potosí - SECRETARÍA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES - (SLP)

Solicitud del día 23/04/2024 a la dependencia San Luis Potosí - SECRETARÍA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES - (SLP) del órgano San Luis Potosí

DescripciónSe requiere conocer el estatus del Proyecto para ampliar la carretera Cd Valles SLP-Huejutla Hidalgo, y/o Tamazunchale SLP-Huejutla Hidalgo. Cuántas etapas tiene?en qué etapa va? cuáles son los siguientes tramos para construir, ampliar o reparar en caso de existir. Cuál es el Presupuesto ejercido ala fecha? Qué dependencias son las responsables de la ejecución de las obras. Respuesta del día29/04/2024Texto de respuestaSOLICITANTE Presente. Por medio de la presente, proporciono respuesta en la que refiero la notoria incompetencia por parte de esta Secretaría Comunicaciones y Transportes, a la solicitud de acceso a la información presentada a través de la Plataforma Nacional de Transparencia, registrada con número de folio 241229824000129, en relación a la siguiente información: “Se requiere conocer el estatus del Proyecto para ampliar la carretera Cd Valles SLP-Huejutla Hidalgo, y/o Tamazunchale SLP-Huejutla Hidalgo. Cuántas etapas tiene?en qué etapa va? cuáles son los siguientes tramos para construir, ampliar o reparar en caso de existir. Cuál es el Presupuesto ejercido ala fecha? Qué dependencias son las responsables de la ejecución de las obras. (sic).” De inicio, se hace de su conocimiento que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes del Estado, declara la notoria incompetencia para conocer de solicitado, toda vez que este sujeto obligado no es el encargado de formular, producir, procesar, resguardar y administrar la información solicitada, ya que dicha obligación no se desprende de las atribuciones conferidas por el artículo 36 BIS de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de San Luis Potosí, así como tampoco se encuentra dentro del Reglamento Interno y Manuales de Organización de las áreas administrativas de esta Dependencia, razón por la cual esta Secretaría se encuentra imposibilitada para dar trámite a su solicitud de acceso. Siguiendo ese orden de ideas, el Pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), mediante el Criterio 13/17 ha señalado lo siguiente: “Incompetencia. La incompetencia implica la ausencia de atribuciones del sujeto obligado para poseer la información solicitada; es decir, se trata de una cuestión de derecho, en tanto que no existan facultades para contar con lo requerido; por lo que la incompetencia es una cualidad atribuida al sujeto obligado que la declara.”(Sic) Así las cosas, también se señala el Criterio 16/09 emitido por el INAI, que enuncia lo siguiente: “La incompetencia es un concepto que se atribuye a la autoridad. El tercer párrafo del artículo 40 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental prevé que cuando la información solicitada no sea competencia de la dependencia o entidad ante la cual se presente la solicitud de acceso, la unidad de enlace deberá orientar debidamente al particular sobre la entidad o dependencia competente. En otras palabras, la incompetencia a la que alude alguna autoridad en términos de la referida Ley implica la ausencia de atribuciones del sujeto obligado para poseer la información solicitada –es decir, se trata de una cuestión de derecho-, de lo que resulta claro que la incompetencia es un concepto atribuido a quien la declara.”(Sic) Dentro de este razonamiento, le informo que esta Secretaría de Comunicaciones y Transportes forma parte de la administración pública central, misma que depende del Poder Ejecutivo del Estado de San Luis Potosí, en términos del artículo 3 fracción I, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de San Luis Potosí, y sus funciones y atribuciones son enunciadas el artículo 36 BIS de la misma, por lo que, se informa que en lo medular es la encargada de establecer y aplicar políticas de desarrollo de transporte para fomentar servicios públicos de calidad, ágiles y seguros para los habitantes del Estado de San Luis Potosí, a través de la planeación y ejecución de programas, con el firme compromiso de mejorar y eficientizar tarifas, rutas, horarios y terminales de transporte público en sus diversas modalidades. Por otra parte, en competencia federal, le informo que la Secretaría de Infraestructura Comunicaciones y Transportes, forma parte del Poder Ejecutivo de la Unión, en términos del artículo 26 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y sus funciones y atribuciones son enunciadas elArchivo adjuntoDescargarFolioSLP-IP-241229824000129

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaIncompetenciaTipo de respuestaINCOMPETENCIAMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta09/05/2024Fecha solicitud término29/04/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deSan Luis PotosíSector de la dependenciaPoder Ejecutivo