San Luis Potosí - SECRETARÍA GENERAL DE GOBIERNO - (SLP)
Solicitud del día 21/07/2024 a la dependencia San Luis Potosí - SECRETARÍA GENERAL DE GOBIERNO - (SLP) del órgano San Luis Potosí
DescripciónDe conformidad con lo establecido en la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, artículo 1° fracción VIII, conteste lo siguiente: 1. Políticas Públicas para Movilidad No Motorizada y No Contaminante: o ¿Cuáles han sido las políticas públicas implementadas por el estado para priorizar la movilidad no motorizada, la movilidad de vehículos no contaminantes y la intermodalidad? o Al respecto, se solicita atentamente al Sujeto Obligado, comparta el oficio y/o resolución y/o acuerdo, suscrito por servidor público responsable mediante el cual se establezcan dichas políticas públicas. 2. Integración de Sistemas de Transporte: o ¿Qué labores ha realizado el estado para integrar sistemas de transporte como metro, autobuses, bicicletas públicas, con el objetivo de optimizar la movilidad y minimizar el impacto socioambiental? En atención al artículo 27 de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, se solicita conteste: 3. Acceso a la Base de Datos de Movilidad y Seguridad Vial: o ¿Cómo se puede acceder a la Base de Datos de Movilidad y Seguridad Vial? 4. De conformidad con lo establecido en el artículo 47 de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, se solicita conteste: o ¿Cuál es el estimado de vehículos registrados en el parque vehicular? o En caso de no ser responsable del registro del parque vehicular, favor de compartir un listado por Municipio, con la cantidad de vehículos registrados. De conformidad con lo establecido en el Título Quinto Capítulo I de la Ley General de Cambio Climático, artículo 38, se solicita atentamente comparta la documentación, relativa a: 5. La política coordinada a corto, mediano y largo plazo que se ha implementado entre el Estado y sus Municipios, a efecto de mitigar el cambio climático. Respuesta del día01/08/2024Texto de respuestacon fundamento en lo dispuesto por el Artículo 158 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí, se le informa que la Secretaría General de Gobierno no es competente en la materia de lo requerido de acuerdo a las facultades y atribuciones que le fueron conferidas a través del Artículo 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado; haciéndole saber que su petición pudiera ser atendida por la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, así como cada uno de los Ayuntamientos de los Municipios de los cuales requiera la información.Archivo adjuntoDescargarFolioSLP-IP-241230224000219