San Luis Potosí - SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES AL SERVICIO DEL AYUNTAMIENTO DE TAMUÍN - (SLP)
Solicitud del día 20/10/2021 a la dependencia San Luis Potosí - SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES AL SERVICIO DEL AYUNTAMIENTO DE TAMUÍN - (SLP) del órgano San Luis Potosí
Descripción Explique y presente evidencia en digital, en copia simple, por lo menos ejemplificando 3 casos, por este mismo medio, de cómo el municipio o institución cumple el siguiente mandato: "Artículo 8o. Los funcionarios y empleados públicos respetarán el ejercicio del derecho de petición, siempre que ésta se formule por escrito, de manera pacífica y respetuosa; pero en materia política sólo podrán hacer uso de ese derecho los ciudadanos de la República. A toda petición deberá recaer un acuerdo escrito de la autoridad a quien se haya dirigido, la cual tiene obligación de hacerlo conocer en breve término al peticionario.", mandato establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.Respuesta del día25/11/2021Texto de respuestaEs importante señalar que, según los artículos 163 y 166 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del estado de San Luis Potosí, para cualquier inconformidad relacionada con la respuesta a la solicitud de derecho de acceso a la información o bien la falta de respuesta a la misma, se podrá interponer Recurso de Revisión, dentro del plazo de 15 días hábiles. Dicho recurso podrá interponerlo por este medio electrónico y para ello es indispensable proporcionar una dirección de correo electrónico válida para recibir notificaciones. También, usted como solicitante podrá interponer su Recurso de Revisión directamente en la oficina de la CEGAIP, para lo cual acompañará el acuse de recibo de la solicitud de información, así como la respuesta proporcionada.Archivo adjuntoDescargarFolioSLP-IP-241481421000006