San Luis Potosí - TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ - (SLP)

Solicitud del día 27/12/2023 a la dependencia San Luis Potosí - TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ - (SLP) del órgano San Luis Potosí

DescripciónDEL INSTITUTO ELECTORAL SOLICITO TODOS LOS ACUERDOS, LINEAMIENTOS, PROTOCOLOS O CUALQUIER OTRO DOCUMENTO SIMILAR QUE SE ENCUENTREN VIGENTES PARA EL PROCESO ELECTORAL 2023-2024 PARA LA ASIGNACIÓN Y DEFINICIÓN DE CANDIDATURAS A ELECCIÓN POPULAR POR MAYORIA RELATIVA Y REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL PARA INTEGRAR A LA POBLACIÓN DE LA DIVERSIDAD SEXUAL LGBTTTIQ+ EN DICHAS CANDIDATURAS (COMO ACCIONES AFIRMATIVAS). ASÍ TAMBIEN COMO LOS CONVENIOS DE COALICIÓN CELEBRADOS POR LOS PARTIDOS POLÍTICOS REGISTRADOS ANTE EL INSTITUTO, DONDE CUENTE LA VALIDACIÓN DEL EN ACEPTARLOS Y SE ESTABLEZCAN LOS PARAMETROS DE INCLUSIÓN DE CANDIDATURAS DE LA POBLACIÓN LGBTTTIQ+ POR ULTIMO LOS ACUERDOS, LINEAMIENTOS, PROTOCOLOS O CUALQUIER DISPOSICIÓN JURIDICA APLICABLE EN LA QUE SE DEFINA LA INCLUSIÓN, PARTICIPACIÓN Y BLOQUES DE COMPETITIVIDAD DE LA POBLACIÓN LGBTTTI PARA ESTE PROCESO ELECTORAL 2023-2024. AL TRIBUNAL ELECTORAL ELECTORAL SOLICITO TODAS LAS SENTENCIAS RESUELTAS DESDE EL PROCESO ELECTORAL 2018 A LA FECHA EN LAS QUE SE ESTABLEZCAN LOS PARAMETROS DE INCLUSIÓN, PARTICIPACIÓN DE LA POBLACIÓN DE LA DIVERSIDAD SEXUAL LGBTTTI Y DEFINICIÓN DE BLOQUES DE COMPETITIVAD. PARA AMBAS AUTORIDADES: ¿Con que otros elementos cuentan para garantizar la efectiva participación a candidaturas de elección popular de la población LGBTTTI en el proceso electoral 2023-2024? Respuesta del día10/01/2024Texto de respuestaOFICIO No. TESLP/UTAIP/004/2024 San Luis Potosí, S.L.P. a 10 de enero de 2024 JURIDICO LGBTTTI CLQ P R E S E N T E. En respuesta a la solicitud de información pública presentada mediante la Plataforma Nacional de Transparencia (PNT), registrada con el folio 241482924000002; esta Unidad de Transparencia y Acceso a la Información Pública, le informa que la Secretaría General de Acuerdos de este Tribunal Electoral, proporciona respuesta en los siguientes términos: “Toda vez que, la información requerida consiste en datos relativos al número de sentencias resueltas por esta Institución respecto al proceso electoral en el Estado de San Luis Potosí en el año 2018 a la fecha, en el que se establezcan los parámetros de inclusión, participación de la población de la diversidad sexual LGBTTTI y definición de bloques de competitividad. De una búsqueda exhaustiva y razonable en los archivos físicos y electrónicos que obran en este órgano jurisdiccional, se informa que este Tribunal Electoral no ha recepcionado asunto alguno, ni dictado sentencias relativo a los parámetros de inclusión y participación ya mencionados. Asimismo, respecto a los elementos con los que se cuentan para garantizar la efectiva participación a candidaturas de elección popular de la población LGBTTTI en el proceso electoral 2023-2024, resulta oportuno mencionar que de acuerdo a lo que prevee el artículo 263 de la Ley Electoral del Estado de San Luis Potosí, el Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana, es la autoridad que recibe las solicitudes de registro para las candidaturas a Gubernatura, Diputaciones, Ayuntamientos y Regidurías En tal sentido, en los numerales 265 párrafo tercero y 268 párrafo octavo de la referida Ley, se garantiza la participación de la población de la diversidad sexual LGBTTTI, puesto que en los mismos se establece la obligatoriedad de incluir personas de la diversidad sexual.” Con lo anterior se da respuesta a la solicitud de información en término de lo dispuesto por los artículos 153 y 154 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, adicionalmente, se le invita a que visite el portal electrónico de este Tribunal Electoral del Estado de San Luis Potosí: www.teeslp.gob.mx, y se hace de su conocimiento el derecho de interponer recurso de revisión ante la Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública, de conformidad con los artículos 163 y 166 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública de San Luis Potosí. Sin otro particular quedo a sus apreciables órdenes. LIC. JORGE A. ESQUIVEL GUILLÉN TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL TRIBUNAL ELECTORAL DE SAN LUIS POTOSI ARTÍCULO 263. Las candidatas y los candidatos a la Gubernatura, y las listas de candidatas y candidatos a diputaciones de representación proporcional, se registrarán ante el Consejo; las candidatas y los candidatos a diputaciones propuestos por el principio de mayoría relativa, se registrarán ante las respectivas comisiones distritales electorales. ARTÍCULO 265… En las listas de candidatos o candidatas a diputados o diputadas se deberá incluir al menos una persona, joven menor de treinta años; una persona con discapacidad; y una persona de la diversidad sexual, Los medios de verificación de cumplimiento de estas medidas y sus condiciones serán establecidos mediante los lineamientos que al efecto expida el Consejo ARTÍCULO 268… Para el caso de las postulaciones de candidaturas para la integración de los ayuntamientos, cada partido político deberá postular, dentro de sus listas de representación proporcional al menos, una fórmula integrada por personas con discapacidad, y una fórmula integrada por personas de la diversidad sexual en cualquiera de los municipios de la Entidad. Los medios de verificación de cumplimiento de estas medidas y sus condiciones serán establecidos mediante los lineamientos que al efecto expida el ConsejoArchivo adjuntoDescargarFolioSLP-IP-241482924000002

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaEntrega información vía PNTTipo de respuestaMODALIDADMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta18/01/2024Fecha solicitud término10/01/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deSan Luis PotosíSector de la dependenciaOrganismos Autónomos