San Luis Potosí - ORGANISMO INTERMUNICIPAL METROPOLITANO DE AGUA POTABLE, ALCANTARILLADO, SANEAMIENTO Y SERVICIOS CONEXOS DE LOS MUNICIPIOS DE CERRO DE SAN PEDRO, SAN LUIS POTOSÍ Y SOLEDAD DE GRACIANO SÁNCHEZ (INTERAPAS)
Solicitud del día 23/05/2024 a la dependencia San Luis Potosí - ORGANISMO INTERMUNICIPAL METROPOLITANO DE AGUA POTABLE, ALCANTARILLADO, SANEAMIENTO Y SERVICIOS CONEXOS DE LOS MUNICIPIOS DE CERRO DE SAN PEDRO, SAN LUIS POTOSÍ Y SOLEDAD DE GRACIANO SÁNCHEZ (INTERAPAS) del órgano San Luis Potosí
DescripciónDesde el 7 de mayo de este año, dejé de recibir en mi domicilio ubicado en el fraccionamiento Villas Mallorca, Delegación de Pozos, del municipio de San Luis Potosí, abastecimiento de agua por la red hdráulica del Pozo "El Palmar", cuando de las aproximadamente 200 casas que lo constituimos, ocasionalmente llega algunas, preferentemente la más cercanas a la red, lo que me hace presumir la red hidráulica se encuentra funcionando, entonces solicito me informen la causa del desabasto. Respuesta del día31/05/2024Texto de respuestaC. Jaime Ramón Julio Sánchez Hago referencia a su solicitud de acceso a la información pública, la cual quedo identificada con número de folio 241487124000071, al respecto y atendiendo los principios que se funda de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí, con fundamento en el artículo 54 fracción II se notifica por medio del presente la respuesta a su solicitud de información en los términos de hecho y derecho correspondientes, con la información de su interés. Ahora bien, la información de su interés es atendida y generada por la Dirección de Operación y Mantenimiento a cargo del C. José Alejandro Gallegos Collazo a través del Memorándum DOM/401/2024, (se adjunta al presente). Es importante señalar que, según los artículos 163 y 166 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del estado de San Luis Potosí, para cualquier inconformidad relacionada con la respuesta a la solicitud de derecho de acceso a la información o bien la falta de respuesta a la misma, se podrá interponer Recurso de Revisión, dentro del plazo de 15 días hábiles. Dicho recurso podrá interponerlo por este medio electrónico y para ello es indispensable proporcionar una dirección de correo electrónico válida para recibir notificaciones. Sin más por el momento me despido de Usted, enviando un cordial saludo.Archivo adjuntoDescargarFolioSLP-IP-241487124000071