San Luis Potosí - ORGANISMO INTERMUNICIPAL METROPOLITANO DE AGUA POTABLE, ALCANTARILLADO, SANEAMIENTO Y SERVICIOS CONEXOS DE LOS MUNICIPIOS DE CERRO DE SAN PEDRO, SAN LUIS POTOSÍ Y SOLEDAD DE GRACIANO SÁNCHEZ (INTERAPAS)
Solicitud del día 19/08/2024 a la dependencia San Luis Potosí - ORGANISMO INTERMUNICIPAL METROPOLITANO DE AGUA POTABLE, ALCANTARILLADO, SANEAMIENTO Y SERVICIOS CONEXOS DE LOS MUNICIPIOS DE CERRO DE SAN PEDRO, SAN LUIS POTOSÍ Y SOLEDAD DE GRACIANO SÁNCHEZ (INTERAPAS) del órgano San Luis Potosí
Descripciónplantillas de personal de base eventuales y honorarios de enero 2023 a diciembre 2023 así como de enero 2024 a julio 2024Otros datosplantilla de personal Respuesta del día20/08/2024Texto de respuestaPor medio del presente y atendiendo a su solicitud de información, la cual quedó registrada con el folio 241487124000111 que refiere lo siguiente: “plantillas de personal de base eventuales y honorarios de enero 2023 a diciembre 2023 así como de enero 2024 a julio 2024” (SIC) Hago referencia atendiendo los principios que se funda de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí, con fundamento en el artículo 54 fracción II se notifica por medio del presente la respuesta a su solicitud de información en los términos de hecho y derecho correspondientes, con la información de su interés. Ahora bien, conforme al artículo 152 que a la letra dice: “ARTÍCULO 152. Cuando la información requerida por el solicitante ya esté disponible al público en medios impresos, tales como libros, compendios, trípticos, registros públicos, en formatos electrónicos disponibles en Internet o en cualquier otro medio, se le hará saber por el medio requerido por el solicitante la fuente, el lugar y la forma en que puede consultar, reproducir o adquirir dicha información en un plazo no mayor a cinco días.” Motivo por el cual esta Unidad tiene a bien dar respuesta mediante Oficio No. IN/DG/UT/111/2024, conforme al plazo establecido en dicho artículo, así mismo, se envía a continuación los pasos para ingresar a la Plataforma Estatal de Transparencia, en donde el solicitante puede corroborar la información contenida dentro del artículo 84 fracción XVI conforme a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del estado de San Luis Potosí. Los cuales son los siguientes: TRABADORES POR HONORARIOS 1.- Ingresa a la página de Órgano Garante http://www.cegaipslp.org.mx/ 2.- En la parte de abajo de la misma ingrese al apartado PETS. 3.- En la parte superior derecha encontrará un recuadro denominado “Verifica las obligaciones” de click en el año deseado, en este caso año 2023 y 2024. 4.- De click en búsqueda por artículo de la Ley, Obligaciones Comunes. 5.- Enseguida podrá visualizar un círculo amarillo con un “1”, de click para seleccionar el artículo y fracción deseada, en este caso sería “84 fracción XVI – Las contrataciones de servicios profesionales por honorarios, señalando los nombres de los prestadores de servicios, los servicios contratados, el monto de los honorarios y el periodo de contratación” y seleccione presentar reporte. 6.- Ahora bien, se desprenderá un listado de todos los sujetos obligados del listado, seleccione “Organismo Intermunicipal Metropolitano de Agua Potable, Alcantarillado, Saneamiento y Servicios conexos de los Municipios de Cerro de San Pedro, San Luis Potosí y Soledad de Graciano Sánchez: INTERAPAS”. 7.- Se desprenderá un listado mensual del artículo 84 fracción XVI, del lado derecho seleccione la parte de Liga Directa al formato del mes deseado, en donde se descargará un archivo en formato Excel, mismo que contiene los datos solicitados de los trabadores por honorarios. 8.- En el archivo en mención contiene el listado con la información deseada en las celdas F, G y H (Nombre (s), primer y segundo apellido de la persona contratada) y N (Servicios contratados). Es importante señalar que, según los artículos 163 y 166 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del estado de San Luis Potosí, para cualquier inconformidad relacionada con la respuesta a la solicitud de derecho de acceso a la información o bien la falta de respuesta a la misma, se podrá interponer Recurso de Revisión, dentro del plazo de 15 días hábiles. Dicho recurso podrá interponerlo por este medio electrónico y para ello es indispensable proporcionar una dirección de correo electrónico válida para recibir notificaciones. Sin más por el momento me despido de Usted, enviando un cordial saludo.Archivo adjuntoDescargarFolioSLP-IP-241487124000111