Sonora - Comisión Estatal de Bienes y Concesiones - (SON)
Solicitud del día 20/06/2024 a la dependencia Sonora - Comisión Estatal de Bienes y Concesiones - (SON) del órgano Sonora
DescripciónEl motivo de esta solicitud es por el bloqueo de las claves catastrales 3600-40-013-001 y 3600-40-014-011 pertenecientes a dos predios que me fueron titulados en junio y Julio del año 2023 ubicados en el camino del seri y que fueron bloqueadas por instrucciones de la Comisión Estatal de bienes y concesiones, mediante el oficio CE-2365/2023, debido a una solicitud de regularización de un tercero. La CEBYC me argumentó en su momento que debido a dudas que tenían en el procedimiento de titulación y por seguridad, se bloquearon las claves y se envió un oficio a la consejería jurídica del estado para que emitiera un dictamen de la situación, la misma consejería responde con el oficio N° SCJ/3563/2024, indicando que los títulos de propiedad me fueron emitidos apegados a los lineamientos establecidos en el contrato de donación y por otro lado que no sería posible realizar el proceso de regularización al tercero que lo solicitaba. Dicho esto y tomando cómo base la respuesta jurídica que se estaba esperando por parte de la consejería jurídica del Estado, Solicito lo siguiente : 1.-Se me indique el soporte jurídico que se tomó en cuenta para bloquear mis claves catastrales, quién elaboró la solicitud de bloqueo y quién autorizó la solicitud de bloqueo, acción la cual me ocasionó gastos, daños morales, pérdida de tiempo entre otros. 2- Que de la misma forma y diligencia en que se tuvo la facultad de bloquear las claves catastrales, sin antes haber consultado los lineamientos jurídicos para hacerlos, y bajo la contestación de la consejería jurídica del estado, Solicito, se desbloqueen las claves catastrales en cuestión, para evitar que siga teniendo más pérdidas económicas a raíz de dicho bloqueo. 3.- si existiera alguien o algún otro interés de bloquear o anular los títulos de propiedad en cuestión, sírvanse de la opinión jurídica de la secretaría a la consejería jurídica del estado donde en el oficio Nº SCJ/3563/2024, indica que dicha controversia tendría que dirimirse entre particulares ante el órgano jurisdiccional competente (No con CEBYC) residencia en la ciudad de Hermosillo. 4.-se me emita copia de los oficio Nº SCJ 35/63/2024 y DBI-008/2024 5.-Se me emita un oficio donde se indique que las claves catastrales están en proceso de restablecimiento ya que no existe motivo por el cual bloquearlas. 5.- Se me indique cómo podrán resarcir los daños económicos y molestias ocasionadas, por la negligencia de haber bloqueado las claves por parte de la Comisión Estatal de bienes y concesiones y las consecuencias que tendrá que asumir el responsable de dicha acción.Respuesta del día25/06/2024Texto de respuestaEn atención al folio numero: 2604883234000060 de la Plataforma Nacional de Transparencia, se le informa que por ser un tema de controversia judicial y se encuentra en un proceso jurídico, por lo tanto, se le invita a las instalaciones de la Comisión Estatal de Bienes y Concesiones en un plazo no mayor a 15 días hábiles a partir de la fecha de recibido, para brindarle la información acerca del estado de su situación con el área correspondiente. Contamos con un horario de lunes a viernes de 8:00 a las 15:00hrs, ubicadas en la calle Comonfort y Paseo del Río Sonora, Edif. Hermosillo, 3er piso Ala Poniente.Archivo adjuntoDescargarFolioSON-IP-260488324000060