Sonora - Instituto Catastral y Registral del Estado de Sonora - (SON)
Solicitud del día 26/08/2024 a la dependencia Sonora - Instituto Catastral y Registral del Estado de Sonora - (SON) del órgano Sonora
DescripciónHola, buenas tardes Adjunto a la presente solicitud, carta donde se especifica la consulta realizada a esta H. Institución Saludos.Respuesta del día18/09/2024Texto de respuestaOficio No UT/78/2024. Hermosillo, Sonora, a 17 de septiembre del 2024. JAIR HERNANDEZ P R E S E N TE.- En atención a la solicitud planteada en fecha 26 de agosto del presente año, recibida a través de la Plataforma Nacional de Transparencia, que a su vez fue presentada mediante correo electrónico jahercel@outlook.com, a la que se le asignó el folio número 260490524000059, y que a la letra dice: Con fundamento en el Artículo 58, Fracciones II, IV, V y en concordancia con los Artículos 128, 129, 130 y 131 primer párrafo de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Sonora, me permito informarle lo siguiente: Respecto a la pregunta numero: 1.-¿ cuantos municipios tiene el estado? Ley de Gobierno y Administración Municipal del Estado de Sonora Artículo 9.- El Estado de Sonora se integra con los siguientes municipios: Aconchi, Agua Prieta, Alamos, Altar, Arivechi, Arizpe, Atil, Bacadéhuachi, Bacanora, Bacerac, Bacoachi, Bácum, Banámichi, Baviácora, Bavispe, Benito Juárez, Benjamín Hill, Caborca, Cajeme, Cananea, Carbó, La Colorada, Cucurpe, Cumpas, Divisaderos, Empalme, Etchojoa, Fronteras, General Plutarco Elías Calles, Granados, Guaymas, Hermosillo, Huachinera, Huásabas, Huatabampo, Huépac, Imuris, Magdalena, Mazatán, Moctezuma, Naco, Nácori Chico, Nacozari de García, Navojoa, Nogales, Onavas, Opodepe, Oquitoa, Pitiquito, Puerto Peñasco, Quiriego, Rayón, Rosario, Sahuaripa, San Felipe de Jesús, San Javier, San Ignacio Río Muerto, San Luis Río Colorado, San Miguel de Horcasitas, San Pedro de la Cueva, Santa Ana, Santa Cruz, Sáric, Soyopa, Suaqui Grande, Tepache, Trincheras, Tubutama, Ures, Villa Hidalgo, Villa Pesqueira y Yécora. Respecto a la pregunta numero 2: 2.- De los municipios antes mencionados, ¿En cuáles de ellos aplica la clave catastral, la cuenta predial o ambas? Conforme a lo establecido en el ARTÍCULO 25, de la Ley Catastral y Registral del Estado de Sonora, Los bienes inmuebles ubicados dentro del territorio de cada municipio, deberán estar inscritos en el Catastro Municipal bajo una Clave Catastral, la cual deberá ser homogénea para todos los municipios y contendrá dígitos de identificación de manera estandarizada, conformándose dicha clave de acuerdo a los lineamientos para la implementación de la Cédula Única Catastral y Registral, establecidos por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), en el artículo 7 de la Norma Técnica para la Identificación, Captación e Integración de Datos Catastrales. La Clave Catastral establecida conforme a los señalados lineamientos, servirá de base para la Vinculación Catastral y Registral en el Estado, así como para la implementación de la Cedula Única de Identificación Catastral. Respecto a la pregunta 3: 3.- ¿Cuál es la estructura de cada una de las claves? (cuantos dígitos tiene, es alfanumérica, etc. Por ejemplo: para la clave 124-142-ABC, se compone de 10 dígitos incluyendo guiones, siendo alfanumérica.) Norma Técnica para la Generación, Captación e Integración de Datos Catastrales y Registrales con fines estadísticos y geográficos. Artículo 7.- Cada predio deberá estar identificado de forma única con una clave catastral estándar conformada por 31 caracteres, con la siguiente estructura de izquierda a derecha: dos posiciones para el estado, tres para la región catastral, tres para el municipio, dos para la zona catastral, cuatro para la localidad, tres para el sector catastral, tres para la manzana, cinco para el predio y seis para el condominio (dos para el edificio y cuatro para la unidad), como se muestra en la tabla 1. La clave catastral se utilizará tanto en predios urbanos como en rurales, en estos últimos se codificarán con ceros los campos de localidad, sector catastral, manzana y condominio y en predios urbanos que no sean condominios, se llenarán con ceros los campos de edificio y unidad. Esta clave formará parte de la Cédula Unica Catastral y Registral. Componentes de la clave catasArchivo adjuntoDescargarFolioSON-IP-260490524000059