Sonora - Instituto Catastral y Registral del Estado de Sonora - (SON)
Solicitud del día 09/10/2024 a la dependencia Sonora - Instituto Catastral y Registral del Estado de Sonora - (SON) del órgano Sonora
DescripciónTitular de la Unidad de Transparencia. Siguiendo en el animo de conocer mas sobre el cuidado y protección de datos personales que “supuestamente” los responsables aplican a los datos que obtienen del ejercicio de sus funciones, es mi pretensión que se me informe lo siguiente: 1.- Informar si su sujeto obligado realiza transferencias de datos personales, en caso de que no, motive su respuesta respecto a sus funciones y atribuciones. 2.- Le requiero copia digital del instrumento por el cual se establecen los alcances del tratamiento de los datos personales, así como las obligaciones y responsabilidades asumidas por las partes al momento de realizar las transferencias de datos personales. 3.- Le requiero copia digital de los avisos de privacidad simplificados de su sujeto obligado. 4.- Informe si al momento de realizar transferencias de datos personales, informa al titular de los datos, limitándose a realizar transferencias limitadas e informadas. 5.- Informe, si en el ejercicio de sus funciones y atribuciones como responsable, ha realizado transferencia de datos personales sin mediar el consentimiento del titular de los mismos, especificando los casos concretos en que se haya realizado dichas transferencias. Es de saber público que los sujetos obligados del Poder Ejecutivo del Estado de Sonora, se sirven de argucias para eludir la obligación de presentar información precisa y detallada de lo que se les solicita, por ello, en caso de que sus respuestas, precisando la del cuestionamiento quinto de este escrito, vayan encaminadas a excusarse por medio del artículo 70, fracción II de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, deberán motivar de manera exacta y precisa, las facultades propias, compatibles o análogas que motivo el tratamiento de los datos. Respuesta del día30/10/2024Texto de respuestaOficio No UT/105/2024. Hermosillo, Sonora, a 30 de octubre del 2024. ROBERTO CEDANO SANTIBAÑEZ P R E S E N T E.- En atención a la solicitud planteada en fecha 09 de octubre del presente año, recibida a través de la Plataforma Nacional de Transparencia, que a su vez fue presentada, mediante correo electrónico cedanosantibanezr@hotmail.com la que se le asignó el folio número 260490524000069, y que a la letra dice: “Siguiendo en el ánimo de conocer más sobre el cuidado y protección de datos personales que supuestamente los responsables aplican a los datos que obtienen del ejercicio de sus funciones, es mi pretensión que se me informe lo siguiente: 1.- Informar si su sujeto obligado realiza transferencias de datos personales, en caso de que no, motive su respuesta respecto a sus funciones y atribuciones. 2.- Le requiero copia digital del instrumento por el cual se establecen los alcances del tratamiento de los datos personales, así como las obligaciones y responsabilidades asumidas por las partes al momento de realizar las transferencias de datos personales: 3.- Le requiero copia digital de los avisos de privacidad simplificados de su sujeto obligado. 4.- Informe si al momento de realizar transferencias de datos personales, informa al titular de los datos, limitándose a realizar transferencias limitadas e informadas. 5.- Informe, si en el ejercicio de sus funciones y atribuciones como responsable, ha realizado transferencia de datos personales sin mediar el consentimiento del titular de los mismos, especificando los casos concretos en que se haya realizado dichas transferencias. Es de saber público que los sujetos obligados del Poder Ejecutivo del Estado de Sonora, se sirven de argucias para eludir la obligación de presentar información precisa y detallada de lo que se les solicita, por ello, en caso de que sus respuestas, precisando la del cuestionamiento quinto de este escrito, vayan encaminadas a excusarse por medio del artículo 70, fracción Il de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, deberán motivar de manera exacta y precisa, las facultades propias, compatibles o análogas que motivo el tratamiento de los datos.” Con fundamento en el Artículo 58, Fracciones II, IV, V y en concordancia con los Artículos 128, 129, 130 y 131 primer párrafo de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Sonora, me permito informarle lo siguiente: Respecto a la pregunta numero 1: Este Instituto Catastral y Registral del Estado de Sonora NO realiza transferencias de datos personales, toda vez que es una institución que ofrece información pública sobre el estado jurídico de los bienes inmuebles esto solamente respecto a la información pública contenida dentro de su acervo, es decir, en los folios electrónicos, mediante los procedimientos y sistemas de información cumpliendo con las formalidades y requisitos que la normatividad registral establece, cuidando de no proporcionar información no sujeta a publicidad, reservada para interesados determinados por las normas legales esto conforme a lo establecido en los artículos 79 fracción I, y 100 fracciones III y V de la Ley Catastral y Registral del Estado de Sonora. Respecto a la pregunta numero 2: Se anexa copia digital de aviso de privacidad. Respecto a la pregunta numero 3: Se anexa copia digital de aviso de privacidad. Respecto a la pregunta numero 4: Este Instituto Catastral y Registral del Estado de Sonora NO realiza transferencias de datos personales, toda vez que es una institución que ofrece información pública sobre el estado jurídico de los bienes inmuebles esto solamente respecto a la información pública contenida dentro de su acervo, es decir, en los folios electrónicos, mediante los procedimientos y sistemas de información cumpliendo con las formalidades y requisitos que la normatividad registral establece, cuidando de no proporcionar información no sujeta a publicidad, reservada para interesados determinadArchivo adjuntoDescargarFolioSON-IP-260490524000069