Sonora - Progreso Fideicomiso Promotor Urbano de Sonora - (SON)
Solicitud del día 15/10/2024 a la dependencia Sonora - Progreso Fideicomiso Promotor Urbano de Sonora - (SON) del órgano Sonora
DescripciónEn seguimiento a lo mencionado por el C. Gobernador del Estado de Sonora Dr.Alfonso Durazo Montaño en su 3er informe de gobierno, sobre el tema de Digitalización de Trámites y Servicios de Gobierno, en el cual menciona que este año 2024 pasaron de 24 a 84 Trámites y Servicios Digitalizados, solicitó lo siguiente: Listado en formato excel o similar de los Trámites y Servicios Digitalizados en 2024 por este Fidecomiso, con los siguientes datos separados por columnas: - Nombre del Trámite o Servicio Digitalizado - Desarrollo propio o realizado por un proveedor externo - Enlace (link) del Trámite o Servicio Digitalizado - Estatus del Trámite o Servicio Digitalizado - Enlace (link) del Trámite o Servicio en el Registro Estatal de Trámites y Servicios (RETS)? - Fecha de Inicio de operación Nota.- Según la Ley de Gobierno Digital y su reglamento, es competencia de cada Secretaría o Entidad, y por ello solicito que se proporcione el listado de la Digitalización (desarrollo de software) de Trámites y Servicios de la Dependencia en cuestión, en este caso de la DIF Sonora, por consiguiente si es de su competencia. En la Ley de Gobierno Digital del Estado de Sonora menciona: ARTÍCULO 82.- En materia de Desarrollo de Software, las Unidades de Tecnologías de la Información y Comunicaciones de los Entes coordinadores de sector, tendrán las siguientes atribuciones: 1.- Diseñar y desarrollar los sistemas que sean competencia de su sector, atendiendo los estándares, criterios metodológicos, estrategias, lineamientos, reglas, manuales, guías, directrices, formatos y demás instrumentos normativos que emita la Oficialía Mayor para tal efecto; realizar los desarrollos de los Entes de su sector cuando no cuenten con los recursos tecnológicos, humanos o tiempos para dar solución a corto plazo por cuenta propia; En el Reglamento de la Ley de Gobierno Digital del Estado de Sonora: Artículo 53.- Cada Ente será responsable de la simplificación y digitalización de los trámites, servicios, programas sociales y demás actos jurídicos y/o administrativos a su cargo, de forma gradual y progresiva de acuerdo con el Programa Especial, las Agendas Digitales Sectoriales y la normativa que para tal efecto emita la Subsecretaría o la autoridad en materia de mejora regulatoria. Agradezco de antemano su atención y quedo a la espera de su respuesta dentro de los plazos establecidos por la ley.Respuesta del día22/10/2024Texto de respuestaPor medio de la presente y en respuesta a su solicitud de información con folio 260492824000026 donde solicita lo siguiente: “En seguimiento a lo mencionado por el C. Gobernador del Estado de Sonora Dr.Alfonso Durazo Montaño en su 3er informe de gobierno, sobre el tema de Digitalización de Trámites y Servicios de Gobierno, en el cual menciona que este año 2024 pasaron de 24 a 84 Trámites y Servicios Digitalizados, solicitó lo siguiente: Listado en formato excel o similar de los Trámites y Servicios Digitalizados en 2024 por este Fidecomiso, con los siguientes datos separados por columnas: - Nombre del Trámite o Servicio Digitalizado - Desarrollo propio o realizado por un proveedor externo - Enlace (link) del Trámite o Servicio Digitalizado - Estatus del Trámite o Servicio Digitalizado - Enlace (link) del Trámite o Servicio en el Registro Estatal de Trámites y Servicios (RETS)? - Fecha de Inicio de operación Nota.- Según la Ley de Gobierno Digital y su reglamento, es competencia de cada Secretaría o Entidad, y por ello solicito que se proporcione el listado de la Digitalización (desarrollo de software) de Trámites y Servicios de la Dependencia en cuestión, en este caso de la DIF Sonora, por consiguiente si es de su competencia. En la Ley de Gobierno Digital del Estado de Sonora menciona: ARTÍCULO 82.- En materia de Desarrollo de Software, las Unidades de Tecnologías de la Información y Comunicaciones de los Entes coordinadores de sector, tendrán las siguientes atribuciones: 1.- Diseñar y desarrollar los sistemas que sean competencia de su sector, atendiendo los estándares, criterios metodológicos, estrategias, lineamientos, reglas, manuales, guías, directrices, formatos y demás instrumentos normativos que emita la Oficialía Mayor para tal efecto; realizar los desarrollos de los Entes de su sector cuando no cuenten con los recursos tecnológicos, humanos o tiempos para dar solución a corto plazo por cuenta propia; En el Reglamento de la Ley de Gobierno Digital del Estado de Sonora: Artículo 53.- Cada Ente será responsable de la simplificación y digitalización de los trámites, servicios, programas sociales y demás actos jurídicos y/o administrativos a su cargo, de forma gradual y progresiva de acuerdo con el Programa Especial, las Agendas Digitales Sectoriales y la normativa que para tal efecto emita la Subsecretaría o la autoridad en materia de mejora regulatoria. Agradezco de antemano su atención y quedo a la espera de su respuesta dentro de los plazos establecidos por la ley.” Me permito informarle que después de una búsqueda exhaustiva en los archivos de Progreso Fideicomiso Promotor Urbano de Sonora se encontró que la información que Usted solicita es la siguiente: “En referencia a la solicitud, Progreso Fideicomiso Promotor Urbano de Sonora, le informa que este fideicomiso no ofrece tramites ni servicios a la población, por lo cual no tiene Digitalización de Trámites y Servicios (software), no cuenta con proveedores y no está registrado en el Registro Estatal de Trámites y Servicios, por lo cual no esta dentro de sus atribuciones generar la información solicitada”. Lo anterior, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 124 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Sonora. Sin otro particular, por el momento me reitero a su disposición para cualquier aclaración al respecto. Archivo adjuntoDescargarFolioSON-IP-260492824000026