Sonora - Hermosillo - (SON)

Solicitud del día 12/06/2024 a la dependencia Sonora - Hermosillo - (SON) del órgano Sonora

DescripciónAl Ayuntamiento de Hermosillo: 1. El o los informes sobre la ejecución del Plan Municipal de Desarrollo que presentó la administración del periodo 2018-2021, según marca la Ley de Gobierno y Administración Municipal (art. 47, fracción XIII). 2. Las actas de sesiones de la Comisión Anticorrupción del Ayuntamiento y sus documentos anexos, de todas las sesiones celebradas entre enero del año 2018 a junio de 2024 (art. 78 Bis de la Ley de Gobierno y Administración Municipal). 3. Indique los nombres de las y los integrantes de la Comisión Anticorrupción del Ayuntamiento y el periodo en el que formaron parte de dicha comisión, en las administraciones de 2018-2021 y 2021-2024. A la Contraloría Municipal: 1. Número de denuncias recibidas en el marco de sus atribuciones de la Ley Estatal de Responsabilidades y la Ley de Responsabilidades y Sanciones para el Estado de Sonora. Clasificar por mes de recepción, desde enero de 2018 a junio de 2024 (Art. 41, fr. X, del Reglamento Interior de la Administración Pública Directa [RIAPD]). 2. Número de denuncias presentadas ante la Fiscalía Anticorrupción de Sonora, derivadas de sus atribuciones en la materia. Clasificar por mes de presentación, de enero de 2018 a junio de 2024 (Art. 41, fr. XII, del RIAPD). 3. Remita Programas Anuales de Auditorías y de actividades complementarias, de los años 2018 a 2024 (Art. 41, fr. XIII del RIAPD). 4. Número de procedimientos de responsabilidad administrativa sustanciados y aquellos resueltos, clasificados por mes desde enero de 2018 a junio de 2024, en el marco de las atribuciones que señala el Art. 41, fr. XIX del RIAPD. 5. Informe, de existir, cuáles han sido los mecanismos internos implementados en el marco de las atribuciones que le confiere la fracción XX del art. 41 del RIAPD, en el periodo enero de 2018 a junio de 2024. 6. Informes e indicadores relacionados con el sistema de quejas, denuncias y sugerencias que señala el art. 41, fracción XXIV, del RIAPD, en el periodo enero de 2018 a junio de 2024. A la Dirección de Asuntos Internos: 1. Número de quejas recibidas en el ejercicio de la atribución que le confiere la fracción I del artículo 13, del Reglamento Interno de la Dirección de Asuntos Internos (RIDAI). Clasificar por mes de recepción, de enero de 2018 a junio de 2024. 2. Informe sobre los controles, programas y estrategias implementados para prevenir la corrupción y mala actuación de policías, en el marco de la atribución que señala la fracción VI del artículo 13 del RIDAI. Indique la fecha de implementación y ejecución de estos elementos. El periodo de la información solicitada es de las administraciones 2018-2021 y 2021-2024. 3. Número de investigaciones iniciadas en el marco de las atribuciones que le confiere el artículo 22 del RIDAI. Clasificar por mes de inicio, de enero de 2018 a junio de 2024. Distinguir si la investigación inició por queja o de oficio, y el tipo de servidor público contra el que se inició (Juez, Médico, Secretario o Policía). 4. Número de acuerdos de inicio de investigación dictados. Clasificar por mes de dictado, de enero de 2018 a junio de 2024 (art. 32 del RIDAI). 5. Número de acuerdos de cita a audiencia que se hayan dictado, clasificar por mes desde enero de 2018 a junio de 2024 (art. 34 del RIDAI). 6. Número de acuerdos que determinan archivo definitivo de investigación (art. 36, fr. I del RIDAI). Clasificar por mes, de enero de 2018 a junio de 2024. 7. Número de acuerdos que emitan recomendación por la probable responsabilidad del servidor público (art. 36, fr. II del RIDAI). Clasificar por mes, de enero de 2018 a junio de 2024. Respuesta del día12/06/2024Texto de respuestaHacemos de su conocimiento que es necesario ampliar/aclarar su solicitud respecto de la normatividad citada, esto con el fin de poder contestar su solicitud en tiempo y forma. Fundamento legal.- Articulo 123.- Cuando los detalles proporcionados para localizar los documentos resulten insuficientes, incompletos o sean erróneos, la Unidad de Transparencia podrá requerir al solicitante, por una sola vez y dentro de una plazo que no podrá exceder de cinco días, contados a partir de la presentación de la solicitud, para que, en un término de hasta diez días, indique otros elementos o corrija los datos proporcionados o bien, precise uno o varios requerimientos de información. Este requerimiento interrumpirá los plazos de respuesta, de aceptación o declinación por razón de competencia previstos (sic) en los Artículos 125 y 129 de esta Ley, por lo que comenzará a computarse nuevamente al día siguiente del desahogo por parte del particular. En este caso, el sujeto obligado atenderá la solicitud en los términos en que fue desahogado el requerimiento de información adicional. La solicitud se tendrá por no presentada cuando los solicitantes no atiendan el requerimiento de información adicional. En el caso de requerimientos parciales no desahogados, se tendrá por presentada la solicitud por lo que respecta a los contenidos de información que no formaron parte del requerimiento UNIDAD DE TRANSPARENCIA MUNICIPALArchivo adjuntoDescargarFolioSON-IP-260498324000620

Datos adicionales

EstatusDesechada por falta de respuesta del ciudadanoTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionSidisponibilidadNoquejaNoRespuestaRequerir datos de solicitud por ser ambigua o incompletaTipo de respuestaFALTA DE TRAMITEMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta03/07/2024Fecha solicitud término12/06/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deSonoraSector de la dependenciaAyuntamientos