Sonora - Magdalena - (SON)
Solicitud del día 28/06/2024 a la dependencia Sonora - Magdalena - (SON) del órgano Sonora
DescripciónUNICO: Informe de todos los municipios de su estado informe en que reglamentos y artículos se obligue a los conductores o propietarios de vehículos de auto motor a tener seguro de responsabilidad civil o en que artículos y que reglamentos se prohibe circular sin seguro de responsabilidad civil igualmente si existe alguna información similar en leyes estatales agregar la información con sus respectivos reglamentos y respectivas leyes, esto en excel consultaba y que este vigente al día de la presente solicitud.Respuesta del día18/07/2024Texto de respuestaEn atención a su solicitud que nos fue parcialmente declinada por el Congreso del Estado de Sonora, recibida vía PNT 260499024000048, registrada con número de folio interno AIM-043/24: Por lo que, a fin de darle respuesta en lo que a este sujeto obligado compete, y, de conformidad a lo informado por la Secretaría de Protección Ciudadana, hacemos de su conocimiento que si bien es cierto que en el artículo 17 párrafo segundo de la Ley de Tránsito para el Estado de Sonora establece que; "En el caso de las licencias de conducir, los ordenamientos fiscales estatales correspondientes deberán prever la contratación de una póliza de seguro de responsabilidad civil, a favor del titular de la licencia" y el Artículo 63 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransportes Federales, en el que se establece que: "todos los vehículos que transiten en vías, caminos y puentes federales, deberán contar con un seguro obligatorio de responsabilidad civil vehicular que garantice a terceros, los daños que pudiesen ocasionar en sus bienes y personas". Este municipio aún no se encuentra trabajando con estos artículos toda vez que no se encuentran vigentes en la normatividad municipal.Archivo adjuntoDescargarFolioSON-IP-260499024000048