Sonora - Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Sonora - (SON)
Solicitud del día 29/07/2024 a la dependencia Sonora - Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Sonora - (SON) del órgano Sonora
DescripciónSOLICITO SE ME INFORME EL TOTAL DE VOTANTES A NIVEL ESTATAL EN LOS PROCESOS ELECTORALES LOCALES LLEVADOS A CABO DESDE 1997 A LA FECHA, DICHA INFORMACIÓN SOLICITO SEA DESAGREGADA POR PROCESO ELECTORAL Y POR RANGO DE EDAD LOS CUALES DEBERÁN SER: 18 AÑOS 19 AÑOS 20 A 24 AÑOS 25 A 19 AÑOS 30 A 34 AÑOS 35 A 39 AÑOS 40 A 44 AÑOS 45 A 49 AÑOS 50 A 54 AÑOS 55 A 59 AÑOS 60 A 64 AÑOS 65 AÑOS EN ADELANTERespuesta del día07/08/2024Texto de respuestaPor medio del presente se remite copia del oficio IEE-DEOyLE-084-2024 suscrito por el Director de Organización y Logística Electoral en el que señala lo siguiente: “… en la cual solicita “el total de votantes a nivel estatal en los procesos electorales locales llevados a cabo desde 1997 a la fecha, dicha información solicito sea desagregada por proceso electoral y por rango de edad, al respecto se comenta lo siguiente: conforme al articulo 133, numerales 1 y 2 de la LGIPE el INE se encargara de formar y administrar el padrón electoral y la lista de electores, además de emitir los lineamientos en lo que se establezcan los plazos y términos para el uso del padrón electoral y las listas de electores en los procesos electorales locales. Por tanto, se concluye que el INE es la autoridad competente para formar y administrar la lista nominal de electores, así como los lineamientos para su uso, razón por la cual este Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana no es competente para otorgar el listado solicitado…. Por lo anteriormente señalado se declina la presente solicitud toda vez que no es competencia este sujeto obligado generar la información solicitada, por lo que dicha solicitud podrá requerirla a la Unidad de Transparencia del Instituto Nacional Electoral vía correo electrónico transparencia@ine.mx o bien mediante esta Plataforma Nacional de Transparencia; seleccionando en el apartado de Denominación de la institución a la que solicita la información en el apartado de “Estado o Federación”: seleccionar Federación y en el apartado de “Institución” le aparecerá el Instituto Nacional Electoral. Así mismo hago de su conocimiento que el recurso que procede en contra de la respuesta otorgada, es el de revisión, que podrá interponer por sí mismo o a través de su representante, de manera directa o por medios electrónicos, ante el Instituto o ante la Unidad de Transparencia que haya conocido de la solicitud, dentro de los quince días siguientes a la fecha de la notificación de la respuesta, o del vencimiento del plazo para su notificación, lo anterior conforme a lo establecido en el artículo 138 de la Ley Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Sonora.Archivo adjuntoDescargarFolioSON-IP-260502524000152