Sonora - Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Sonora - (SON)
Solicitud del día 18/09/2024 a la dependencia Sonora - Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Sonora - (SON) del órgano Sonora
DescripciónDel Proceso Electoral 2023-2024, deseo conocer de la asignación de diputaciones por el principio de representación proporcional en las legislaturas de los estados, para lo cual solicito lo siguiente: 1. Informe el número de acuerdo por el cual se asignaron diputaciones por el principio de representación proporcional en cada entidad. 2. Informe si fue impugnado dicho acuerdo y que número de expediente se asignó por parte del Tribunal Electoral de la entidad correspondiente. 3. Informe si el acuerdo fue confirmado, modificado o revocado por el Tribunal Electoral de la entidad. 4. En su caso, informe si dicha sentencia fue impugnada y que número de expediente se asignó por parte de la sala competente del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. 5. Informe si la sentencia fue confirmada, modificada o revocada por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. 4. Informe de la distribución final de las curules por el principio de representación proporcional (en caso de haberse impugnado una vez resueltas las impugnaciones). 5. Para el caso del TEPJF, requiero conocer los números de expedientes integrados con motivo de la impugnación de las sentencias en materia de representación proporcional, así como también, deseo saber si ya fueron resueltos los recursos o si alguno se encuentra pendiente. No requiero documentos, solo datos concretos que me permitan realizar una búsqueda en los portales públicos de los OPL, TE y TEPJF. Otros datosProceso Electoral 2023-2024Respuesta del día04/10/2024Texto de respuestaPor medio del presente se remite como archivo adjunto copia del oficio IEE-DEAJ-449-2024 suscrito por la Directora Ejecutiva de Asuntos Jurídicos mediante el cual da respuesta la información solicitada. Así mismo, hago de su conocimiento que el recurso que procede en contra de la respuesta otorgada, es el de revisión, que podrá interponer por sí mismo o a través de su representante, de manera directa o por medios electrónicos, ante el Instituto o ante la Unidad de Transparencia que haya conocido de la solicitud, dentro de los quince días siguientes a la fecha de la notificación de la respuesta, o del vencimiento del plazo para su notificación, lo anterior conforme a lo establecido en el artículo 138 de la Ley Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Sonora. Archivo adjuntoDescargarFolioSON-IP-260502524000193