Sonora - Fiscalía General del Estado de Sonora - (SON)
Solicitud del día 06/06/2024 a la dependencia Sonora - Fiscalía General del Estado de Sonora - (SON) del órgano Sonora
DescripciónBuen día, De acuerdo al Código Nacional de Procedimientos Penales, el artículo 218 establece en su último párrafo: "Para efectos de acceso a la información pública gubernamental, el Ministerio Público únicamente deberá proporcionar una versión pública de las determinaciones de no ejercicio de la acción penal, archivo temporal o de aplicación de un criterio de oportunidad, siempre que haya transcurrido un plazo igual al de prescripción de los delitos de que se trate, de conformidad con lo dispuesto en el Código Penal Federal o estatal correspondiente, sin que pueda ser menor de tres años, ni mayor de doce años, contado a partir de que dicha determinación haya quedado firme." Con fundamento en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Sonora, solicito todas las determinaciones de no ejercicio de la acción penal en el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de enero de 2023, siempre y cuando hayan cumplido con el plazo establecido por el CNPP. Es importante destacar que la información reservada debe cumplir con el proceso dictado por la ley de transparencia, pero se debe cumplir con producir una versión pública de las mismas. Agradezco de antemano su atención y quedo a la espera de su pronta respuesta.Respuesta del día24/06/2024Texto de respuestase anexa respuesta emitida por la unidad administrativa competente.Archivo adjuntoDescargarFolioSON-IP-261156224000368