Sonora - Secretaría de Hacienda - (SON)
Solicitud del día 25/06/2024 a la dependencia Sonora - Secretaría de Hacienda - (SON) del órgano Sonora
DescripciónSolicito saber, en lo que respecta a los organismos autónomos del estado de Sonora, si es regular que se destine un mayor presupuesto anual en bonos y compensaciones que en salario. Asimismo ¿está en la ley que estos organismos autónomos puedan dar estos beneficios a sus trabajadores cuando el resto de las instituciones estatales no? ¿Hay un monto máximo o mínimo de bonos destinados a los trabajadores o es a consideración de cada organismo autónomo? ¿Si un trabajador gana tal cantidad, sin embargo la totalidad de lo registrado ante el ISSSTESON no corresponde con el salario que el organismo da a ese trabajador, es ilegal? Respuesta del día28/06/2024Texto de respuestaFRANCISCO. P r e s e n t e.- Conforme a lo establecido en el artículo 125 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Sonora, se declina por razón de competencia la solicitud con folio 261156524000241 al Colegio de Sonora, Comisión Estatal de Derechos Humanos del Estado de Sonora, Fiscalía General del Estado de Sonora, Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Sonora, Instituto Sonorense de Transparencia Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, Instituto Superior de Auditoria y Fiscalización (ISAF), Instituto Tecnológico de Sonora, Tribunal Estatal Electoral del Estado de Sonora, Tribunal de Justicia Administrativa en el Estado de Sonora, Universidad de Sonora, Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Sonora y al Congreso del Estado de Sonora quienes atenderán lo que les corresponde para su correcto trámite y atención al ser de su competencia. ***no volver a declinar**** La determinación que antecede tiene sustento en el Artículo 318 de los Lineamientos Generales para el Acceso a la Información Pública en el Estado de Sonora, de rubro y texto siguiente: “Las Unidades de Transparencia deberán garantizar que las solicitudes se turnen a todas las Áreas competentes que cuenten con la información o deban tenerla de acuerdo a sus facultades, competencias y funciones, con el objeto de que realicen una búsqueda exhaustiva y razonable de la información solicitada. Los titulares de las Áreas Administrativas del Sujeto Obligado, deberán brindar todas las facilidades a su alcance para la atención y respuesta oportuna de la solicitud de información”. Atentamente DIRECCIÓN GENERAL DE UNIDAD DE TRANSPARENCIA DE LA SECRETARÍA DE HACIENDA.Archivo adjuntoDescargarFolioSON-IP-261156524000241