Sonora - Secretaría de Hacienda - (SON)
Solicitud del día 26/08/2024 a la dependencia Sonora - Secretaría de Hacienda - (SON) del órgano Sonora
Descripción¿Qué es un auto chocolate? ¿De que región entran más autos de EE.UU a México? ¿Cuántos autos chocolates entran de EE.UU a México? ¿Cuánto cuesta aproximadamente traer un auto chocolate de EE.UU a México? ¿Cuánto cuesta aproximadamente un auto chocolate en México? ¿Qué modelos de autos chocolates venden más en México? ¿Qué modelos de autos chocolates venden más en EE.UU para traer a México? Otros datosFronteras de MéxicoRespuesta del día28/08/2024Texto de respuestaPF INFORMATIVO FOLIO 261156524000308 En donde solicita: ¿Qué es un auto chocolate? ¿De que región entran más autos de EE.UU a México? ¿Cuántos autos chocolates entran de EE.UU a México? ¿Cuánto cuesta aproximadamente traer un auto chocolate de EE.UU a México? ¿Cuánto cuesta aproximadamente un auto chocolate en México? ¿Qué modelos de autos chocolates venden más en México? ¿Qué modelos de autos chocolates venden más en EE.UU para traer a México? Hola, como titular de la Unidad de Transparencia de la Secretaría de Hacienda, con las funciones que me otorga el artículo 58 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Sonora, me permito informarle que: El término “autos chocolates” no es reconocido por esta Entidad. Por lo tanto, para efectos de canalización dentro de las Unidades Administrativas, le solicitamos definir el término “autos chocolates” por otros medios. Alternativamente, puede apoyar su solicitud en las facultades que le otorga el Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda, disponible en el siguiente enlace: https://hacienda.sonora.gob.mx/media/201961/2021-rishdocx.pdf Dicho lo anterior, le informo que atento a lo establecido en el artículo 123 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Sonora que a la letra dice: "Cuando los detalles proporcionados para localizar los documentos resulten insuficientes, incompletos o sean erróneos, la unidad de transparencia podrá requerir al solicitante, por una sola vez y dentro de un plazo que no podrá exceder de cinco días, contados a partir de la presentación de la solicitud, para que, en un término de hasta diez días, indique otros elementos o corrija los datos proporcionados o bien, precise uno o varios requerimientos de información”. Este requerimiento interrumpirá los plazos de respuesta, de aceptación o declinación por razón de competencia previstos (sic) en los artículos 125 y 129 de esta ley, por lo que comenzará a computarse nuevamente al día siguiente del desahogo por parte del particular. en este caso, el sujeto obligado atenderá la solicitud en los términos en que fue desahogado el requerimiento de información adicional. La solicitud se tendrá por no presentada cuando los solicitantes no atiendan el requerimiento de información adicional. en el caso de requerimientos parciales no desahogados, se tendrá por presentada la solicitud por lo que respecta a los contenidos de información que no formaron parte del requerimiento". Por ultimo y en espera de que usted y su familia se encuentren bien, la Unidad de Transparencia de la Secretaría de Hacienda, queda a sus órdenes para cualquier duda o apoyo en ejercicio de nuestras funciones, a través del correo electrónico: transparencia@haciendasonora.gob.mx; o bien en los teléfonos 6622896701 al 04, ext. 04191,01492. A T E N T A M E N T E.- DIRECCIÓN GENERAL DE UNIDAD DE TRANSPARENCIA DE LA SECRETARÍA DE HACIENDA.Archivo adjuntoDescargarFolioSON-IP-261156524000308