Tabasco - H. AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE MACUSPANA, TABASCO - (TAB)
Solicitud del día 24/04/2024 a la dependencia Tabasco - H. AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE MACUSPANA, TABASCO - (TAB) del órgano Tabasco
DescripciónNúmero de vehículos rentados por el ayuntamiento para uso laboral durante el periodo octubre 2031 a la fecha. Adjuntar copia digitalizada de cada uno de los contratos. Número de vehículos comprados durante el periodo octubre 2021 a la fecha. Adjuntar copia digitalizada de los contratos de compra de cada uno. Listado de inventario de la totalidad de vehículos del ayuntamiento y especificar cuantos y cuáles se encuentran asignados a cada una de las direcciones y coordinaciones durante el año 2024. Así también adjuntar las bitácoras de combustible y justificación y comprobación de uso de vehículos de las direcciones de jurídico, programación, administración, desarrollo, sapam, contraloria, atención ciudadana, secretaría del ayuntamiento y obras públicas. Copia digitalizada del contrato celebrado en 2020 entre el ayuntamiento y leydi Esther García Salvador. Por qué el jurídico osease Gonzalo Gastambide Flores no ha dado cumplimiento cabal al contrato demandado en el expediente civil 597/2021 ya que tiene penalidades en cláusulas por ese incumplimiento y solicito saber porque ha sido omiso en sus funciones. Solicito saber Por qué la su subdirección de compras tiene de titular un ingeniero sin experiencia ni perfil en el tema? Solicito saber cuantos vehículos fueron dados de alta y baja esta administración y el proceso de baja de los actuales. Solicito saber la cantidad total del bono de diciembre que recibieron los directores de finanzas, administración, contraloria, programación, desarrollo y obras públicas. Presupuesto total destinado al pago de salarios de las direcciones de finanzas, administración, programación, obras pública y contraloria en 2024. Presupuesto total destinado a fondo revolvente y gastos a comprobar de estas mismas direcciones durante los años 2022, 2023 y 2024. Total de personas que renunciaron o fueron despedidas durante 2022, 2023 y 2024 en las direcciones de jurídico, programación, administración, contraloria y obras públicas. Respuesta del día28/05/2024Texto de respuestaEl particular tiene el derecho constitucional y legal de acceder a la información pública, como un ejercicio de control institucional de los poderes públicos, sin embargo este derecho debe ser ejercido con los límites y condiciones que la propia normatividad vigente aplicable en la materia prevé, en este caso con el debido respeto personal e institucional tanto a quienes posean, generen y administren la información como de quienes se solicita, de tal manera que la evaluación que sobre el desempeño de los entes obligados realicen los particulares a través del ejercicio del derecho de acceso a la información, debe estar acotado a una adecuada comunicación entre el ente y el particular, sobre la base del irrestricto respeto personal e institucional en la relación ente-particular. En tal virtud no puede ser admitida a trámite, la solicitud de acceso a la información pública, ya que esta a todas luces la realiza el particular de forma ofensiva, insultante y denigrante, robustece lo anterior la tesis jurisprudencial 1ª./J 31/2013 (10ª) de la décima época con registro 2003302, consultable en el libro XIX, abril de 2013, tomo 1, página 537 del semanario judicial de la federación y su gaceta, materia constitucional que textualmente dispone lo siguiente, libertad de expresión, la Constitución NO RECONOCE EL DERECHO AL INSULTO.Archivo adjuntoDescargarFolioTAB-IP-270510600006724