Tabasco - SECRETARIADO EJECUTIVO DEL SISTEMA ESTATAL DE SEGURIDAD PÚBLICA (SESESP) - (TAB)
Solicitud del día 21/10/2024 a la dependencia Tabasco - SECRETARIADO EJECUTIVO DEL SISTEMA ESTATAL DE SEGURIDAD PÚBLICA (SESESP) - (TAB) del órgano Tabasco
DescripciónEn atención a lo señalado en la Recomendación 35/2021 de la CNDH, por este medio solicito atentamente se me informe lo siguiente: 1.- ¿Dentro del Presupuesto de Egresos del Estado para el año 2024 se incluyó una partida presupuestaria específica para la adquisición de productos de gestión menstrual para las mujeres privadas de la libertad? En caso de que la respuesta sea positiva, ¿cuál fue el monto asignado? En caso de que la respuesta sea negativa, ¿se considero dentro de otra partida presupuestaria? 2.- ¿se ha llevado a cabo el estudio sobre la viabilidad de la incorporación de copas menstruales dentro de los centros penitenciarios existentes en el Estado? 3.- ¿Se ha llevado a cabo el programa de atención a la salud de la gestión menstrual de la mujer dentro de los centros penitenciarios existentes dentro del Estado? En caso de que la respuesta sea afirmativa, ¿cada cuando se han llevado a cabo? 4.-¿Se han implementado cursos de capacitación al personal de seguridad y custodia y médicos de los establecimientos penitenciarios femeniles con el objeto de que conozcan la importancia y relevancia del respeto al acceso a una gestión menstrual digna y actúen en un marco de respeto hacia con las mujeres privadas de la libertad?Respuesta del día13/11/2024Texto de respuestaAl entrar al estudio y análisis de las respuestas emitidas por cada área adscrita a este Secretariado Ejecutivo, este Comité de Transparencia, comprobó que: 1.- Este Secretariado Ejecutivo de acuerdo a sus facultades y competencias, previstas en la Ley del Sistema Estatal de Seguridad Pública del Estado de Tabasco y el Reglamento Interior del Secretariado Ejecutivo del Sistema Estatal de Seguridad Pública de Tabasco, no ha generado o recabado, hasta el momento, información sobre la solicitud de información antes mencionada. 2.- Por no existir dicha información física ni electrónica, no puede remitirse conforme lo requiere el peticionario. 3.- Con fundamento en el artículo 39 fracción XI, XVI y XXXV de la Ley del Sistema de Seguridad Pública del Estado de Tabasco, relativos a las atribuciones del Secretario de Seguridad y Pública, tales como promover la formación, capacitación, profesionalización, actualización, adiestramiento y especialización de los integrantes de las Instituciones Policiales, conforme a lo establecido en el Programa Rector; de la misma forma establecer y operar los procedimientos de administración, seguridad, control y de apoyo logístico del Sistema Penitenciario y Centros de Internamiento y administrar los centros de reclusión, preventivos y de ejecución de sanciones. Por lo que se sugiere que la información sea requerida a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana del Estado de Tabasco, lo anterior para dar cumplimiento a los principios de congruencia y exhaustividad Archivo adjuntoDescargarFolioTAB-IP-271158200005324