Tabasco - SECRETARÍA DE TURISMO - (TAB)
Solicitud del día 23/06/2024 a la dependencia Tabasco - SECRETARÍA DE TURISMO - (TAB) del órgano Tabasco
Descripcióncopia en versión electrónica del listado de provectos aprobados por cada uno de los fideicomisos a cargo de esa dependencia, lo anterior del año 2018 al año 2024, desglosado por año, responsable del proyecto y estatus del mismo Respuesta del día01/07/2024Texto de respuestaA través del Acuerdo de Prevención para aclarar o completar la solicitud de información, de fecha uno de julio del año dos mil veinticuatro, se analiza la solicitud presentada vía electrónica, y se observa a todas luces, que carece de los requisitos señalados en el artículo 131, específicamente en la fracción II, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Tabasco, toda vez que el interesado no identifica en su solicitud de manera clara y precisa los datos e información que requiere; esto, en virtud que del análisis efectuado a su petición se observa, que no precisa dato claro y preciso de la información que requiere. La solicitud realizada por el particular consistió en obtener información sobre “copia en versión electrónica del listado de provectos aprobados por cada uno de los fideicomisos a cargo de esa dependencia, lo anterior del año 2018 al año 2024, desglosado por año, responsable del proyecto y estatus del mismo”, (Definición RAE de «provecto, provecta» según el Diccionario de la lengua española: 1. adj. cult. Dicho de una persona: De edad avanzada), por ello debe subrayarse que, si este Sujeto Obligado atiende el escrito del solicitante con la imprecisión mencionada, existe la posibilidad que surja una insatisfacción por su parte, misma que en este momento, es plenamente evitable, si aclara, completa o corrige su solicitud de forma tal, que no haya lugar a dudas en saber la información que es de su interés. En razón de lo anterior y con el propósito de garantizar su derecho de acceso a la información, SE ACUERDA PREVENIR al solicitante para que en un plazo no mayor a diez días hábiles después de recibida la notificación, aclare, precise, corrija o complete su solicitud; para estar legalmente en condiciones de atenderla de manera adecuada; así mismo, se hace del conocimiento del peticionario que en caso de no dar cumplimiento a lo establecido en el presente acuerdo, su solicitud será considerada como no presentada, de conformidad en el artículo 131 en sus párrafos cuarto y sexto, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Tabasco.Archivo adjuntoDescargarFolioTAB-IP-272095700002724