Tabasco - CENTRO DE CONCILIACIÓN LABORAL DEL ESTADO DE TABASCO (CCLET) - (TAB)

Solicitud del día 11/03/2024 a la dependencia Tabasco - CENTRO DE CONCILIACIÓN LABORAL DEL ESTADO DE TABASCO (CCLET) - (TAB) del órgano Tabasco

DescripciónToda la información sobre la contratación y/o desarrollo interno de cualquier instrumento de software que haga uso de algoritmos de inteligencia artificial, herramienta tecnológica o equivalente desde el primero de enero de 2020 a la fecha de la solicitud. En caso de que existan un software que haga uso de algoritmos de inteligencia artificial, herramienta tecnológica o equivalente, solicito la siguiente información: 1. Nombre del software, herramienta tecnológica o equivalente. 2. Nombre y puesto laboral de la persona a cargo de su uso u operación. 3. Nombre de las personas, departamento o empresa que desarrolló el software, herramienta tecnológica o equivalente. 4. Razones para las cuales se utiliza el software. 5. Especificar el esquema de adquisición del software (es decir, si fue desarrollo interno, contratación directa, licitación u otra forma de adquisición). 6. En caso de que el software se haya adquirido por contratación o convenio de colaboración, enviar el contrato o convenio del mismo. 7. En caso de que el software se haya adquirido por licitación, solicito la convocatoria con las condiciones técnicas que la institución requirió a los proveedores para su participación en la licitación. Nota: Esta solicitud es parte de un estudio académico para conocer el avance del uso de inteligencia artificial en el sector público mexicano. Respuesta del día02/04/2024Texto de respuestaSe tiene por recibida la documental de cuenta, que responde a la solicitud de acceso a la información pública de folio 272674400001124, presentada a través de la Plataforma Nacional de Transparencia y que, a la letra dicen: “Toda la información sobre la contratación y/o desarrollo interno de cualquier instrumento de software que haga uso de algoritmos de inteligencia artificial, herramienta tecnológica o equivalente desde el primero de enero de 2020 a la fecha de la solicitud. En caso de que existan un software que haga uso de algoritmos de inteligencia artificial, herramienta tecnológica o equivalente, solicito la siguiente información: 1. Nombre del software, herramienta tecnológica o equivalente. 2. Nombre y puesto laboral de la persona a cargo de su uso u operación. 3. Nombre de las personas, departamento o empresa que desarrolló el software, herramienta tecnológica o equivalente. 4. Razones para las cuales se utiliza el software. 5. Especificar el esquema de adquisición del software (es decir, si fue desarrollo interno, contratación directa, licitación u otra forma de adquisición). 6. En caso de que el software se haya adquirido por contratación o convenio de colaboración, enviar el contrato o convenio del mismo. 7. En caso de que el software se haya adquirido por licitación, solicito la convocatoria con las condiciones técnicas que la institución requirió a los proveedores para su participación en la licitación. Nota: Esta solicitud es parte de un estudio académico para conocer el avance del uso de inteligencia artificial en el sector público mexicano." (Sic.) Con fundamento en los artículos 4, 6,20, 49, 50 fracciones III y IV y el 138 en relación con el 133, todos de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Tabasco, se acuerda proporcionar al solicitante la respuesta a la solicitud de información presentada ante esta Unidad de Transparencia por medio de la Plataforma Nacional de Transparencia. Ahora bien, se acuerda hacer entrega, al solicitante de información, de los oficios de números CCLET/DTIC/007/2024 emitido por el LIA. Abdiel Enríquez Zapata, Jefe del Departamento de Tecnologías de la Información y Comunicación del Centro de Conciliación Laboral del Estado de Tabasco, donde se pronuncian dando respuesta a la solicitud de acceso a la información motivo del presente acuerdo. Aunado a lo expuesto, es importante señalar y destacar que la actuación de este Sujeto Obligado se desarrolló con apego al principio de buena fe, entendido este como un principio que obliga a todos a observar una determinada actitud de respeto y lealtad, de honradez en el tráfico jurídico, y esto, tanto cuando se ejerza un derecho, como cuando se cumpla un deber y por ello esta Institución en pleno ejercicio de sus funciones y en uso de sus atribuciones, atendió la solicitud conforme a su literalidad y al marco jurídico que rige el derecho de acceso a la información. Por último, de no estar conforme con la presente respuesta, hágase saber a la persona interesada que dispone de un plazo de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente a la notificación de este documento, para interponer por sí misma o a través de su representante legal, recurso de revisión ante el Instituto Tabasqueño de Transparencia y Acceso a la Información Pública o ante esta Unidad de Transparencia, debiendo acreditar los requisitos previstos en el numeral 150 de la Ley de la materia.Archivo adjuntoDescargarFolioTAB-IP-272674400001124

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadSiquejaNoRespuestaRespuesta a la solicitud de informaciónTipo de respuestaENTREGADAMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta09/04/2024Fecha solicitud término02/04/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deTabascoSector de la dependenciaDescentralizados