Tabasco - CENTRO DE CONCILIACIÓN LABORAL DEL ESTADO DE TABASCO (CCLET) - (TAB)
Solicitud del día 11/03/2024 a la dependencia Tabasco - CENTRO DE CONCILIACIÓN LABORAL DEL ESTADO DE TABASCO (CCLET) - (TAB) del órgano Tabasco
DescripciónDatos de conciliacion hacia empresas publicas para el estudio Otros datospuede ser a nivel estatal, coca cola, tamsa, pemex, ubgaRespuesta del día12/03/2024Texto de respuestaCon fundamento en el artículo 131 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Tabasco, si la solicitud es obscura, confusa o no contiene todos los datos requeridos, o los detalles proporcionados para localizar los documentos resulten insuficientes, incompletos o sean erróneos, la Unidad de Transparencia podrá requerir al solicitante, por una sola vez y dentro de un plazo no mayor de cinco días hábiles después de recibida aquélla. En el caso, la solicitud formulada por la persona interesada en la cual solicitó “Datos de conciliacion hacia empresas publicas para el estudio”(SIC), y como datos adicionales indico lo siguiente: “puede ser a nivel estatal, coca cola, tamsa, pemex, ubga”; razón por la cual es un hecho notorio que la solicitud presentada no contiene detalles suficientes para ser solventada, por lo que se requiere que aclare, complete, indique otros elementos, corrija los datos proporcionados o bien precise uno o varios requerimientos de información, en un plazo de diez días. Una vez que haya aclarado o precisado la solicitud de información, ésta se turnará al Área Administrativa correspondiente para dar atención a lo solicitado e informe conforme al artículo 137 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Tabasco; es importante hacer mención que únicamente tiene un plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de la notificación del presente Acuerdo para que aclare, complete, indique otros elementos, corrija los datos proporcionados o bien precise uno o varios requerimientos de información. En caso de no estar conforme con el presente acuerdo, hágasele saber al solicitante que dispone de un plazo de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente a la notificación de este proveído, para interponer por sí mismo o a través de su representante legal, recurso de revisión ante el Instituto Tabasqueño de Transparencia y Acceso a la Información Pública o ante esta Unidad de Transparencia, debiendo acreditar los requisitos previstos en el numeral 150 de la Ley en la materia. Notifíquese la respuesta dada a través de la Plataforma Nacional de Transparencia, medio seleccionado por el solicitante y en su oportunidad archívese el presente asunto como total y legalmente concluido. Así lo acuerda, manda y firma, el Lic. Jaime Aguilar Isidro, Titular de la Unidad de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Centro de Conciliación Laboral del Estado de Tabasco.Archivo adjuntoDescargarFolioTAB-IP-272674400001224