Tabasco - CENTRO DE CONCILIACIÓN LABORAL DEL ESTADO DE TABASCO (CCLET) - (TAB)
Solicitud del día 15/08/2024 a la dependencia Tabasco - CENTRO DE CONCILIACIÓN LABORAL DEL ESTADO DE TABASCO (CCLET) - (TAB) del órgano Tabasco
DescripciónMe gustaría conocer la cantidad de los laudos que se han emitido en la junta local de conciliación y arbitraje del estado. saludosRespuesta del día16/08/2024Texto de respuestaSe confirma la incompetencia parcial del Centro de Conciliación Laboral del Estado de Tabasco, respecto de la solicitud de acceso a la información con número de folio 272674400003224 de la Plataforma Nacional de Transparencia, por medio del cual se pronuncia de la siguiente manera: “la cantidad de los laudos que se han emitido en la junta local de conciliación y arbitraje del estado” (Sic.), toda vez que las funciones y/o atribuciones de este Sujeto Obligado corresponde únicamente a conocer de los conflictos laborales entre las personas trabajadoras y patrones en todos los asuntos de competencia local y prestar el servicio público de conciliación laboral; y en razón de que las JUNTAS DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE pertenecen a la estructura orgánica y organización sectorial de la Secretaría de Gobierno, con fundamento los artículos 7 y 33 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobierno, es el organismo encargado de conservar la información de cantidad de los laudos que se han emitido en la junta local de conciliación y arbitraje del estado, y por consiguiente es el Sujeto Obligado que puede brindar la información requerida para atender la solicitud de información en cuestión, ya que se encuentra sometido a los principios de publicidad de sus actos y obligados a respetar el ejercicio social del derecho de acceso a la información pública, por lo tanto toda información en su poder estará a disposición de las personas, salvo aquella que se considere como reservada o confidencial. Ahora bien, en atención a lo expuesto se ordena a la Titular del Sujeto Obligado elaborar y notificar el acuerdo de incompetencia y orientación correspondiente, a fin de dar respuesta pronta al solicitante. Por lo expresado, con fundamento en el artículo 142 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Tabasco, SE ORIENTA al solicitante para que formule y presente la solicitud ante la Unidad de Transparencia de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DEL ESTADO DE TABASCO, por medio de la Plataforma Nacional de Transparencia https://www.plataformadetransparencia.org.mx/, de igual manera pueden presentarse en las instalaciones de la Unidad de Transparencia de la Secretaría de Gobierno (SEGOB) la cual tiene su domicilio en la Ciudad de Villahermosa, Calle Ignacio Aldama, #512, Colonia Centro, Código Postal 86000, con un horario de atención de lunes a viernes de 8:00 a 16:00 horas y servicio de orientación telefónica en los teléfonos 9933140990; y servicio de atención mediante medios electrónicos a través del correo transparencia.segob@tabasco.gob.mx, o cualquier otro medio tengan habilitado, en razón de que las Juntas de Conciliación y Arbitraje pertenece a la estructura orgánica y organización sectorial de la Secretaría de Gobierno, con fundamento los artículos 7 y 33 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobierno y que de conformidad con los artículos 1, 2, 104 fracción I de la Ley de Trabajadores al Servicio del Estado de Tabasco, es el organismo encargado de conservar la información de la cantidad de los laudos que se han emitido en la junta local de conciliación y arbitraje del estado y por lo tanto es la Autoridad que puede brindar la información requerida por el solicitante, que de conformidad con el numeral 3, fracción XXXI de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Tabasco, es el Sujeto Obligado de dicha norma legal.Archivo adjuntoDescargarFolioTAB-IP-272674400003224