Tabasco - COMISIÓN DE BÚSQUEDA DE PERSONAS DEL ESTADO DE TABASCO - (TAB)
Solicitud del día 30/05/2024 a la dependencia Tabasco - COMISIÓN DE BÚSQUEDA DE PERSONAS DEL ESTADO DE TABASCO - (TAB) del órgano Tabasco
DescripciónEn virtud del artículo 70 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LGTAIP), solicito conocer: - ¿Cuántos centros de resguardo de restos y/o identificación humana operan en su estado y cuáles son (es decir, cómo se llaman, en qué ciudad y municipio se encuentran ubicados y en qué fecha iniciaron sus operaciones)? - Además de los centros de resguardo temporal y/o identificación humana con que ya cuentan, ¿existen otros que hayan sido proyectados o se encuentren en construcción? Si sí, ¿en qué etapa del proceso de construcción se encuentran y cuándo se tiene proyectado que empiecen a operar? Para cada centro de resguardo y/o identificación (en caso de contar con más de uno en el estado), por favor responder: 1. ¿Cuál es la capacidad máxima de resguardo o almacenamiento de cuerpos y/o restos? 2. ¿Cuántos cuerpos y/o restos humanos han sido resguardados hasta la fecha de la solicitud? 3. ¿Cuál es la modalidad del almacenamiento de los cuerpos y/o restos? (Separación entre restos, indisinto) ¿Se separan entre identificados y no identificados? 4. ¿Cuántos cuerpos y/o restos se encuentran identificados y cuántos no han sido identificados (estatus de identificación)? 5. ¿Cuántos cuerpos y/o restos han sido identificados cada año desde la creación del centro a la fecha? 6. ¿Cuántos cuerpos y/o restos se recibieron por año desde su creación a la fecha? 7. ¿Cuántos cuerpos y/o restos han egresado por año y cuál ha sido su destino (enterrados, entregados a sus familias, otro)? 8. ¿A cuántos cuerpos y/o restos se les ha realizado una o varias prácticas forenses? cuántos se encuentran en proceso y cuántos siguen pendientes? ¿cuál o cuáles prácticas han sido realizadas (especificar cantidad de prácticas realizadas y tipos de prueba, es decir, genética, antropología, lofoscopia, etc.)? 9. ¿Qué recursos les han sido asignados y qué montos han ejercido por año desde la fecha de inicio de operaciones hasta la actual? 10. ¿Con qué capacidades cuenta el centro en términos de equipamiento y personal contratado? En caso de que los centros de resguardo realicen tareas de identificación, solicito conocer para cada uno: 1. ¿Cuántos restos ha identificado en total y desglosado por año desde su creación a la fecha? 2. ¿A cuántos restos se les ha realizado una práctica forense, cuántos se encuentran en proceso y cuántos siguen pendientes? ¿Cuántas de estas prácticas han realizado por año desde su creación? 3. ¿Con cuántos espacios físicos con equipamiento para análisis y estudios científicos cuenta? Respuesta del día03/06/2024Texto de respuestaDel análisis integro, exhaustivo y pormenorizado realizada a la solicitud antes descrita, con fundamento en el artículo 142 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Tabasco, esta Unidad de Transparencia advierte la NOTORIA INCOMPETENCIA de este Sujeto Obligado para atender la solicitud de acceso a la información pública con folio 272689700005824, toda vez que, la Comisión de Búsqueda de Personas del Estado de Tabasco, no cuenta con atribución alguna, que en ejercicio de sus funciones pueda dar origen a la información o bien dar lugar a su posesión, por tal motivo, no se tiene la obligación de proporcionarla, puesto que no corresponde al ámbito de competencia generar, poseer y resguardar la información solicitada, ya que no tiene facultades o atribuciones para operar centros de resguardo de restos y/o identificación humana, ya que tal como lo refieren el artículo 16 de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Tabasco, y los artículos 61, fracción I, 63, fracciones I, II, X y XVI del Reglamento Interior de la Fiscalía General del Estado de Tabasco, concatenados con los artículos 2, fracción XXIII, 92, 93, 99 y 105 fracción II de la Ley en materia de desaparición forzada de personas, desaparición cometida por particulares y del sistema de búsqueda de personas para el Estado de Tabasco, el sujeto obligado responsable de generar, poseer y resguardar la información solicitada es la FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO DE TABASCO quien tiene su cargo los servicios periciales y servicios forenses en el Estado. Con fundamento en el artículo 142 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Tabasco, y ante la incompetencia de la Comisión de Búsqueda de Personas del Estado de Tabasco para atender la solicitud de acceso a la información, se orienta al solicitante para formular nuevamente su solicitud de información pública ante la Fiscalía General Del Estado De Tabasco, a través de la Unidad de Transparencia, de manera presencial, verbal, vía telefónica, correo electrónico y Plataforma Nacional de Transparencia.Archivo adjuntoDescargarFolioTAB-IP-272689700005824