Tamaulipas - Auditoría Superior del Estado - (TAMPS)

Solicitud del día 03/09/2024 a la dependencia Tamaulipas - Auditoría Superior del Estado - (TAMPS) del órgano Tamaulipas

DescripciónEs de mi interés que atiendan está solicitud y que se haga justicia ya que no es posible que sigan posicionandose o metiendo gente a oficinas de gobierno sin que sepan o tengan experiencia. Cómo lo es la señora jacibe Nazareth mafle flores, persona trabajadora del ITAIT asistente personal e intima amiga de la señora dulce Adriana Rocha sobrevilla, presidenta del ITAIT, la señora jacibe entro de una manera muy discreta y tan discreta que es alguien que no se encuentra publicada en la página del ITAIT, mucho menos sale en las fotos de Facebook, se preguntarán porque, la señora esta en la lista de investigación de las personas que cometen corrupción, tan es así de cierto que en el instituto la señora se pasea en los vehículos que no debe utilizar pero que la presidenta dulce se lo autoriza por ser su comadre, vehículos que ha chocado en diferentes ocasiones por salir de rumba y beber todo el alcohol que se le atraviese en el camino, la señora jacibe tiene muy mala fama, tanto de ponerle los cuernos a su ex marido el cual por ese motivo el señor se quedó con sus hijas, hasta cometer actos ilícitos que pone en práctica ahora en el instituto, utilizando el dinero del instituto y vehículos Nissan color blanco para salir a divertirse los fines de semana e irse a la playa con su amiga zuleyma y su novio el viejito que ya está para jubilarse, dos personas que también trabajan dentro del instituto, jacibe es una persona muy manipuladora y una persona que trata mal a sus empleados como suheidy Sánchez Lara, presión a los trabajadores a qué cumplan su trabajo lo más rápido posible inclusive les da el trabajo que le asignan a ella misma pero que no puede ejecutar porque se sale a almorzar con zuleyma arrollo, pero claro que dulce sobrevilla no se da cuenta de todo porque se la vivir en Reynosa con su familia, de paseo con un vehículo que también es del instituto, ojalá tomen cartas en el asunto porque todos están cansados de los malos tratos, gracias.Respuesta del día10/09/2024Texto de respuestaFolio: 280518324000066 En relación a su solicitud de información de fecha 03/09/2024. Esta Unidad de Transparencia, se dirige a Usted, con la finalidad de requerir precisiones en los siguientes términos: Con el objeto que este Sujeto Obligado esté en aptitud de identificar la atribución, tema, materia o asunto sobre lo que versa su solicitud de acceso a la información; es por lo que, se le requiere de la manera más atenta al solicitante para que en un plazo que no exceda de diez días, contados a partir de la notificación del presente, precise de manera clara y concisa su solicitud, ya que se advierte que está incompleta y los datos proporcionados son insuficientes; ello, en términos de lo dispuesto en el artículo 141 numeral 1 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Tamaulipas, que a la letra dice: “Artículo 141. 1. Cuando los datos proporcionados para localizar la información resulten insuficientes, incompletos o sean erróneos, la Unidad de Transparencia podrá requerir al solicitante, por una sola vez y dentro de un plazo que no podrá exceder de cinco días, contados a partir de la presentación de la solicitud, para que, en un término de hasta diez días, indique, precise o corrija los datos proporcionados o bien, precise uno o varios requerimientos de información”. Lo anterior, con la finalidad de que esta Unidad de Transparencia pueda allegarse de mayores elementos, para poder identificar la información a proporcionar, o bien, orientar al solicitante para que se dirija con el sujeto obligado correspondiente, respecto de lo enunciado en su solicitud. En ese contexto, se le requiere para que adicione información precisa y detallada, o bien, manifieste a qué se refiere en relación al escrito anteriormente citado, pues se advierte que con la manifestación respecto a “que se haga justicia ya que no es posible que sigan posicionandose o metiendo gente a oficinas de gobierno sin que sepan o tengan experiencia”, no se precisa a que información, la cual debe de ser generada y almacenada con motivo de las facultades y atribuciones de este Sujeto Obligado, pretende acceder con su solicitud. En ese contexto, a fin de garantizar su derecho de acceso a la información pública es por lo que se requiere dicha precisión, a fin de estar en condiciones de desahogar y dar trámite a la solicitud en comento, o bien, determinar lo conducente de acuerdo al marco jurídico aplicable. Finalmente, hacemos de su conocimiento que, en caso de no desahogar el presente requerimiento, la solicitud se tendrá como no presentada en términos de lo previsto en el artículo 142 de la Ley citada en párrafos precedentes. Quedamos a sus órdenes.Archivo adjuntoDescargarFolioTAMPS-IP-280518324000066

Datos adicionales

EstatusDesechada por falta de respuesta del ciudadanoTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionSidisponibilidadNoquejaNoRespuestaPrevención a la solicitudTipo de respuestaFALTA DE TRAMITEMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta03/10/2024Fecha solicitud término10/09/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deTamaulipasSector de la dependenciaPoder Legislativo