Tamaulipas - Secretaría de Finanzas - (TAMPS)
Solicitud del día 27/12/2023 a la dependencia Tamaulipas - Secretaría de Finanzas - (TAMPS) del órgano Tamaulipas
DescripciónSOLICITO Listado de contribuyentes a los que se les hubiera cancelado o condonado algún crédito fiscal De 2022 y 2023 SOLICITO informacion desaregada por nombre y RFC del contribuyente, domicilio fiscal, RAMO o concepto del contribuyente, CONCEPTO de la condonacion o cancelacion del credito fiscal, MONTO, fecha SOLICITO TOTAL de condonacion o cancelacion de credito fiscal de 2022 y 2023 de listado Listado de contribuyentes a los que se les hubiera cancelado o condonado algún crédito fiscal DEl 2022 y 2023 SOLICITO protocolo o tramitologia y base juridica para que el contribuyente acceda a cancelación o condonación de algún crédito fiscal SOLICITO dependencia , area o responsable de autorizar dichas condonaciones o cancelaciones EN CASO DE link de internet como respuesta, solicito LINK ESPECIFO y no LINK general a pagina de transparencia *Pongo a disposicion el correo electrónico julietavillarreal40(arroba)hotmail.com como medio para recibir notificaciones y la respuesta a la presente solicitud, lo anterior para ampliar el espacio de respuesta en Mb al otorgado por la PNT y poder tener la posibilidad de mandarla en diferentes partes de ser necesario, de conformidad con la legislación en materia de transparencia Respuesta del día31/01/2024Texto de respuestaJulieta Villarreal V. P r e s e n t e: Derivado de su solicitud información pública recibida en la Plataforma Nacional de Transparencia el día 08 de enero del 2024, con número de folio 281196424000003, se le notifica lo siguiente: Al respecto, es preciso señalar que de acuerdo a lo establecido en el artículo 69 del Código Fiscal del Estado contempla el secreto fiscal y obliga a los servidores públicos a guardar absoluta secrecía en lo concerniente a las declaraciones y datos suministrados por los contribuyentes o por terceros con ellos relacionados, así como los obtenidos en el ejercicio de sus facultades de comprobación, el cual a la letra dice: ARTÍCULO 69.- El personal oficial que intervenga en los diversos trámites relativos a la aplicación de las disposiciones tributarias estará obligado a guardar absoluta reserva en lo concerniente a las declaraciones y datos suministrados por los contribuyentes o por terceros con ellos relacionados, así como los obtenidos en el ejercicio de las facultades de comprobación. Aunado a lo anterior se le informa que la información solicitada se declara como reservada. Finalmente, se le manifiesta que la participación de los ciudadanos en el derecho de acceso a la información, contribuye al fortalecimiento del sistema de transparencia de la sociedad con los sujetos obligados; se le reitera que esta Unidad de Transparencia de la Secretaria de Finanzas se encuentra a sus órdenes. Sin otro particular, se le envía un cordial saludo. Atentamente. Unidad de Transparencia y de Acceso a la Información Publica de la Secretaría de Finanzas.Archivo adjuntoDescargarFolioTAMPS-IP-281196424000003