Tamaulipas - Secretaría de Finanzas - (TAMPS)
Solicitud del día 01/02/2024 a la dependencia Tamaulipas - Secretaría de Finanzas - (TAMPS) del órgano Tamaulipas
Descripción Solicitud 1 (extendida con todas obligaciones de Ley) Con base en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los artículos 60, 70 fracc. XXVII y XXVIII de la Ley General de Transparencia y de Acceso a la Información Pública, la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público así como la Ley de Adquisiciones y Compras del Estado de Chihuahua, como su Reglamento solicitamos la siguiente información: De los contratos realizados con la persona moral: “Seguritech Privada S.A. de C.V” o “Seguritech Monitoreo SA de CV”, durante los años 2021 y 2022: a) Número de contrato b)Nombre del contrato c) Sujeto obligado que llevó a cabo la compra Además, atentamente solicitamos los siguientes documentos según la modalidad de compra: Licitación pública (art. 39 fracc. 1) Convocatoria Bases y catálogo de conceptos Junta de aclaraciones Acta de apertura Fallo o adjudicación Contrato y convenios modificatorios Anexos Oficio de suficiencia presupuestal Finiquito Estudio de mercado (Ley art. 42, Reglamento Art. 34) Invitación restringida (art. 39 fracc 2) Dictamen de excepción Convocatoria o invitación Bases y catálogo de conceptos Junta de aclaraciones Acta de apertura Fallo o adjudicación Contrato Oficio de suficiencia presupuestal Finiquito Estudio de mercado (Ley art. 42, Reglamento Art. 34) Adjudicación directa (art.39 fracc. 3) Dictamen de excepción Contrato Oficio de suficiencia presupuestal Finiquito Estudio de mercado (Ley art. 42, Reglamento Art. 34) Finalmente, solicitamos que toda la información se brinde en formato abierto que garantice el acceso a la información, como lo establece el artículo 3 fracción VI de la Ley General de Transparencia y de Acceso a la Información Pública. Respuesta del día07/02/2024Texto de respuestaSeguridad MX. P r e s e n t e: Derivado de su solicitud información pública recibida en la Plataforma Nacional de Transparencia el día 01 de febrero del 2024, con número de folio 281196424000026, se declara como improcedente. Lo anterior con fundamento el artículo 8, fracción IX y el artículo 10, numeral 1, de la Ley de Adquisiciones para la Administración Pública del Estado de Tamaulipas y sus Municipios, que a la letra dice: ARTÍCULO 8. Para efectos de esta ley se entenderá por: IX. SECRETARIA:- La Secretaría de Administración. ARTÍCULO 10. 1. En atención a eficiencias, mayor control, ahorros, productividad y especialidad técnica, el Ejecutivo del Estado determinará las adquisiciones, arrendamientos, enajenaciones y prestación de servicios que serán de exclusiva competencia y responsabilidad de la Secretaría, y las que por las mismas razones corresponderán a las entidades de la administración pública estatal. Finalmente, se le manifiesta que la participación de los ciudadanos en el derecho de acceso a la información, contribuye al fortalecimiento del sistema de transparencia de la sociedad con los sujetos obligados; se le reitera que esta Unidad de Transparencia de la Secretaria de Finanzas se encuentra a sus órdenes. Sin otro particular, se le envía un cordial saludo. Atentamente. Unidad de Transparencia y de Acceso a la Información Publica de la Secretaría de Finanzas.Archivo adjuntoDescargarFolioTAMPS-IP-281196424000026