Tamaulipas - Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal Anticorrupción de Tamaulipas - (TAMPS)
Solicitud del día 24/09/2023 a la dependencia Tamaulipas - Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal Anticorrupción de Tamaulipas - (TAMPS) del órgano Tamaulipas
DescripciónMexiro señala que es importante destacar que los Estados cuentan con obligaciones en materia de derechos humanos al suscribir y ratificar tratados internacionales en la materia (2021). Dichas obligaciones consisten, de acuerdo con Serrano y Vázquez (2013) en: 1. Respetar: es la obligación más básica, también es catalogada como una obligación de “no hacer”, es decir, el Estado se compromete a abstenerse de violar los derechos humanos. 2. Promover: implica la obligación de proveer a la ciudadanía de la información necesaria para ejercer sus derechos, así como la obligación de tomar medidas de sensibilización en materia de derechos humanos para que los respeten y promuevan. 3. Garantizar: es la obligación encaminada a asegurar el ejercicio de los derechos humanos mediante la planeación, el establecimiento de metas, la creación de mecanismos, entre otras acciones estatales. 4. Proteger: es la obligación de crear un marco jurídico y las instituciones necesarias para prevenir violaciones de derechos humanos y para volver exigibles los derechos frente a dichas violaciones. En ese sentido, solicito a la Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal Anticorrupción que provea un informe respecto de la Comisión de Selección del mismo Sistema los documentos que acrediten la adopción de instrumentos legales (internacionales y nacionales), y la existencia o creación de mecanismos institucionales básicos para prevenir la discriminación y violencia: i) al interior de la Comisión de Selección; ii) con las personas aspirantes a ocupar un puesto en el Comité de Participación Ciudadana. Favor de entregar la información desagregada por año del periodo 2018 al 2022. Es importante recalcar que se pide la información a este sujeto obligado debido a la inexistencia de la Comisión de Selección de Tamaulipas en la Plataforma Nacional de Transparencia y a la negativa por parte del Congreso debido a la incompetencia por atribuciones que no son correspondientes al mismo. Esto con fundamento en los artículos 14, 19 y 20 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.Respuesta del día27/09/2023Texto de respuestaEstimado solicitante se anexa respuesta a su solicitud de información con numero de folio 281797923000206.Archivo adjuntoDescargarFolioTAMPS-IP-281797923000206