Tlaxcala - Chiautempan - (TLAX)
Solicitud del día 10/07/2024 a la dependencia Tlaxcala - Chiautempan - (TLAX) del órgano Tlaxcala
DescripciónCon fundamento en lo establecido en el artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 4, 6, 45 fracción II y 131 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; 19 de la Constitución Política de Estado Libre y Soberano de Tlaxcala; 12, 14, 20, 23, 24, 41 fracción II, IV y X, 45, 114, 115, 116, 117 y 124 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información de Estado de Tlaxcala. Solicito la siguiente información Pública: 1 Solicito acta constitutiva del Comité de Transparencia del Municipio de Chiautempan (Actualizado) 2 ¿Cuántas sesiones ha celebrado el Comité de Transparencia en este año? 3 ¿Cuáles han sido los temas abordados por el el Comité de Transparencia en el periodo 2021 - 2024 a la fecha? (Detallar información expidiendo en formato PDF actas de las sesiones del Comité de Transparencia) 4 ¿El comité de Transparencia del Municipio de Chiautempan fue aprobado en cabildo? (Anexar Acta de Cabildo que lo acredite) 5 ¿Los miembros del Comité de Transparencia tienen conocimiento en la materia de Transparencia para resolver y atender en la gestión de solicitudes de información? Conforme a las facultades correspondientes, la información solicitada que se encuentre bajo la custodia de este sujeto obligado y la de sus servidores públicos o a la cual tengan acceso o conocimiento con motivo de su empleo, cargo o comisión; Solicito que quien atienda y de respuesta a la presente solicitud, sea claro y preciso, con firma y sello del área que represente, fundando y motivando su argumento a su respuesta, recordando que en servidor público que actúe con negligencia, dolo, mala fe, oculte, altere, mutile, destruya y entregue información incomprensible o incompleta, en formato no accesible, sin la debida motivación y fundamentación establecidas en la Ley General de Transparencia, la Ley de Transparencia local y las normas aplicables, es considerada causa de sanción por el incumplimiento de las obligaciones de transparencia, tal y como se señala en las fracciones aplicables del artículo 159 de la Ley de transparencia local. Respuesta del día16/07/2024Texto de respuestaC. Gobierno Abierto PR E S E N T E. La que suscribe Lic. Lizzeth Guadalupe Pérez Chamorro, Titular de la Unidad de Transparencia del H. Ayuntamiento de Chiautempan, Tlaxcala. Por medio del presente le envió un cordial saludo y a su vez me permito hacer de su conocimiento que, una vez analizada su solicitud de información, radicada bajo el número de control asignado por la PNT.: 290533324000085 y a través de la información proporcionada por parte de Comité de Transparencia del Ayuntamiento de Chiautempan. Con respecto a sus preguntas, en donde solicita lo siguiente: “Con fundamento en lo establecido en el artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 4, 6, 45 fracción II y 131 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; 19 de la Constitución Política de Estado Libre y Soberano de Tlaxcala; 12, 14, 20, 23, 24, 41 fracción II, IV y X, 45, 114, 115, 116, 117 y 124 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información de Estado de Tlaxcala. Solicito la siguiente información Pública: 1 Solicito acta constitutiva del Comité de Transparencia del Municipio de Chiautempan (Actualizado) 2 ¿Cuántas sesiones ha celebrado el Comité de Transparencia en este año? 3 ¿Cuáles han sido los temas abordados por el el Comité de Transparencia en el periodo 2021 - 2024 a la fecha? (Detallar información expidiendo en formato PDF actas de las sesiones del Comité de Transparencia) 4 ¿El comité de Transparencia del Municipio de Chiautempan fue aprobado en cabildo? (Anexar Acta de Cabildo que lo acredite) 5 ¿Los miembros del Comité de Transparencia tienen conocimiento en la materia de Transparencia para resolver y atender en la gestión de solicitudes de información? Conforme a las facultades correspondientes, la información solicitada que se encuentre bajo la custodia de este sujeto obligado y la de sus servidores públicos o a la cual tengan acceso o conocimiento con motivo de su empleo, cargo o comisión; Solicito que quien atienda y de respuesta a la presente solicitud, sea claro y preciso, con firma y sello del área que represente, fundando y motivando su argumento a su respuesta, recordando que en servidor público que actúe con negligencia, dolo, mala fe, oculte, altere, mutile, destruya y entregue información incomprensible o incompleta, en formato no accesible, sin la debida motivación y fundamentación establecidas en la Ley General de Transparencia, la Ley de Transparencia local y las normas aplicables, es considerada causa de sanción por el incumplimiento de las obligaciones de transparencia, tal y como se señala en las fracciones aplicables del artículo 159 de la Ley de transparencia local..” SIC Me permito anexar al presente al oficio que remitieron por parte de Comité de Transparencia con núm. de oficio OICMCH72024/133 constante de una foja útil y un anexo en copia certificada constante de trece fojas útiles, mismos que se envían en formato pdf; así mismo es necesario precisar que dicha respuesta se envía a través de Sistema de Solicitudes de Acceso a la información de la PNT, como lo preciso en su solicitud, con fundamento en los artículos 124 y 125 de la Ley de Transparencia Y Acceso A La Información Pública Del Estado De Tlaxcala. Sin más por el momento me reitero a sus apreciables órdenes. ATENTAMENTE LIC. LIZZETH GUADALUPE PÉREZ CHAMORRO TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIAArchivo adjuntoDescargarFolioTLAX-IP-290533324000085