Tlaxcala - Zitlaltepec de Trinidad Sánchez Santos - (TLAX)
Solicitud del día 14/04/2024 a la dependencia Tlaxcala - Zitlaltepec de Trinidad Sánchez Santos - (TLAX) del órgano Tlaxcala
DescripciónQue viejo tan pendejo ese de quién lleva por nombre y el cual en este acto procedo a difamar completamente, llamado JOSE DE JESÚS RAFAEL DE LA PEÑA BERNAL, obviamente a ti no te van a notificar nada hasta que sea el momento en que te presenten ante un JUEZ DE CONTROL, así que mejor vete a tu rancho a cogerte a tus ovejas maldito viejo zoofilico y lesbiano, anda y dale un hermano a tu bodoque de EMILIO DE LA PEÑA APONTE, tu pequeño bastardo nacido de esa abominable relación bestial. Hahaha pregúntale a tu hijita esto, preguntale que paso cuando nos topamos en la calle unos días después de que me despidió, el marica iba con su novio, cuando de repente me le aparecí, hahaha se le caian los calzones al pobre imbécil y eso que solo pase a su lado, dile que te enseñe como le hizo, hasta donde agacho la cabeza cuando me vio, y también dile que te enseñe a hacer lo mismo, no vaya ser el dia que me aparezca en Tlaxcala mas empoderada de lo que ya estoy, y hasga tus ancianas bolas asquerosas se te caigan del susto, pendejo viejo lesbiano, no para que veas que si te difamo, hasta te acuso en este acto, sin pruebas ni fundamento, de ser un pervertido y un acosador y un degenerado, igual que tu hijo; ahora si, date por difamado anciano.Respuesta del día16/04/2024Texto de respuestaLUIS ELISEO ARTEAGA URIBE En atención a su solicitud de acceso a la información pública presentada mediante la Plataforma Nacional de Transparencia, identificada con el número de folio 290538524000017, asignado por la propia Plataforma, con fundamento y de conformidad con el artículo 33 y 128 de la ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Tlaxcala, se le notifica: Único. Se le notifica en este acto al solicitante, la incompetencia de este h. ayuntamiento respecto al contenido total de su solicitud de información. De conformidad con el artículo 33 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Tlaxcala, que a letra dice: La solicitud de la información, contendrá cuando menos los requisitos siguientes: I. Identificación de la entidad pública a quien se dirija; II. Nombre completo del solicitante; III. Datos claros y precisos de la información que requiere, y IV. Domicilio, teléfono o dirección electrónica para recibir la información o notificaciones. Con lo antes expuesto y en virtud de que en la descripción de su solicitud de información pública que a letra dice: “Que viejo tan pendejo ese de quién lleva por nombre y el cual en este acto procedo a difamar completamente, llamado JOSE DE JESÚS RAFAEL DE LA PEÑA BERNAL, obviamente a ti no te van a notificar nada hasta que sea el momento en que te presenten ante un JUEZ DE CONTROL, así que mejor vete a tu rancho a cogerte a tus ovejas maldito viejo zoofilico y lesbiano, anda y dale un hermano a tu bodoque de EMILIO DE LA PEÑA APONTE, tu pequeño bastardo nacido de esa abominable relación bestial. Hahaha pregúntale a tu hijita esto, preguntale que paso cuando nos topamos en la calle unos días después de que me despidió, el marica iba con su novio, cuando de repente me le aparecí, hahaha se le caian los calzones al pobre imbécil y eso que solo pase a su lado, dile que te enseñe como le hizo, hasta donde agacho la cabeza cuando me vio, y también dile que te enseñe a hacer lo mismo, no vaya ser el dia que me aparezca en Tlaxcala mas empoderada de lo que ya estoy, y hasga tus ancianas bolas asquerosas se te caigan del susto, pendejo viejo lesbiano, no para que veas que si te difamo, hasta te acuso en este acto, sin pruebas ni fundamento, de ser un pervertido y un acosador y un degenerado, igual que tu hijo; ahora si, date por difamado anciano.” Le notifico que su solicitud se determina improcedente ya que esta no fue realizada en apego a la fracción III del articulo antes citado, puesto que no está proporcionando datos claros y precisos de la información que requiere de este municipio, lo correcto es determinar la notoria incompetencia de este ayuntamiento para atender la solicitud. Sin más por el momento, le envío un cordial saludo.Archivo adjuntoDescargarFolioTLAX-IP-290538524000017