Tlaxcala - Instituto Tlaxcalteca de Elecciones - (TLAX)
Solicitud del día 16/01/2024 a la dependencia Tlaxcala - Instituto Tlaxcalteca de Elecciones - (TLAX) del órgano Tlaxcala
DescripciónPor favor hagan llegarle el documento adjunto a esta solicitud de información a la Presidenta de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Tlaxcala, ello a fin de que deje de lado la corrupción que la caracteriza, ya no viole mis derechos humanos, sea profesional y se ponga a trabajar, que le de vergüenza lo que uno tiene que hacer para que le contesten las autoridades que abusan de su poder.Otros datosYa sé que la plataforma no es para esto, pero aun así lo hare, con esta y muchas más autoridades, por abusivas. Cabe destacar que bien podrá enviársele a los correos electrónicos: e.sanchezr@cedhtlax.org.mx, g.perezl@cedhtlax.org.mx, a.floresp@cedhtlax.org.mx, h.sanchez@cedhtlax.org.mx, j.ordonez@cedhtlax.org.mx, s.tecnicacedhtlax@gmail.com, se@cedhtlax.org.mx, cedhtlax@prodigy.net.mx, informaticacedhtlax@gmail.com, presidencia@cedhtlax.org.mx, octavavgtlax@gmail.com, septlaxcala@gmail.com, sextavgtlax@gmail.com, quintavgtlax@gmail.com, cuartavgtlax@gmail.com, terceravgtlax@gmail.com, segundavgtlax@gmail.com, primeravgtlax@gmail.com, presidencia@federacionombudsperson.org.mx secretario.segob@tlaxcala.gob.mx, ivan.garcia.100592@gmail.com, lutorahe@gmail.com, despachogobernadoratlaxcala@gmail.com, secretariaparticular@tlaxcala.gob.mx, lorecuellarcisneros@gmail.com, cuellarcisneroslorena@gmail.comRespuesta del día07/02/2024Texto de respuestaLUIS ELISEO ARTEAGA URIBE Presente. Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 6 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el artículo 41 fracción V, y 128 párrafo primero de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Tlaxcala, en relación a su solicitud de información, registrada vía Plataforma Nacional de Transparencia bajo el número de control 290538724000010 de fecha 16 de enero del presente año; hago de su conocimiento que, derivado de la lectura del “Acuse de Recibido” generado por la Plataforma Nacional del Transparencia, se observa que su solicitud no cumple con los requisitos mínimos establecidos en el artículo 116 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Tlaxcala, asimismo, dentro de las atribuciones que le confieren las leyes de la materia a este Órgano Electoral, no ese encuentra alguna mediante la cual se genere, posea o administre la información solicitada, es decir, no existe la obligación de este Instituto de generar, resguardar o poseer dicha información, motivo por el que no es posible atender la solicitud presentada en los términos planteados. Sin otro particular, reciba un cordial saludo. ATENTAMENTE LIC. JOSÉ ÁNGEL ÁGUILA BARRAGÁN TITULAR DEL ÁREA TÉCNICA DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN DEL INSTITUTO TLAXCALTECA DE ELECCIONESArchivo adjuntoDescargarFolioTLAX-IP-290538724000010