Tlaxcala - Instituto Tlaxcalteca de Elecciones - (TLAX)
Solicitud del día 14/10/2024 a la dependencia Tlaxcala - Instituto Tlaxcalteca de Elecciones - (TLAX) del órgano Tlaxcala
DescripciónCon fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, párrafo segundo y 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos; 19, numeral 2 del Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos; 13, numeral 1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 4, 7, 8, 11, 12 y 23 de la Ley General de Transparencia y Acceso la Información Pública. 1. ¿Cuál es el procedimiento para que la ciudadanía u organizaciones sociales presenten una iniciativa ciudadana en el Estado? 2. ¿Cuáles son los requisitos formales que deben cumplir la ciudadanía u organizaciones sociales para presentar una iniciativa ciudadana ante el Congreso del Estado y que esta sea admitida para su trámite? 3. ¿Existen requisitos formales que deban cumplir la ciudadanía u organizaciones sociales ante el Organismo Público Local del Estado para presentar una iniciativa ciudadana? Por ejemplo, ¿es necesario recolectar firmas a través de una aplicación oficial, completar un formato específico o cumplir con ciertos requisitos para las credenciales de elector recolectadas? 4. Si la ciudadanía presenta una iniciativa ciudadana, ¿puede designar a personas físicas u organizaciones civiles para que los representen ante el Congreso del Estado y el OPL durante el trámite en comisiones, el pleno y otras instancias competentes? 5. ¿Qué requisitos formales deben cumplir las personas físicas u organizaciones civiles que representen a la ciudadanía en la presentación de iniciativas ciudadanas ante el Congreso del Estado para que puedan ejercer dicha representación ante las instancias competentes? Respuesta del día25/10/2024Texto de respuestaMIFUERZAMIGRANTEAC@GMAIL.COM Presente Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 6 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el artículo 41 fracción V, 124 párrafo primero de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información del Estado de Tlaxcala, en respuesta a su solicitud de información, registrada vía Plataforma Nacional de Transparencia bajo el número de control 290538724000188 de fecha 14 de octubre del presente año, adjunto remito a usted el enlace donde podrá consultar la información proporcionada por el Área Técnica de Consulta Ciudadana de este Instituto. https://congresodetlaxcala.gob.mx/archivo/leyes2020/pdf/23_Ley_de_consulta.pdf Por último, le informo que esta respuesta se le remitirá al correo electrónico, mifuerzamigranteac@gmail.com, mismo que señalo en su solicitud para recibir notificaciones. Sin otro particular, reciba un cordial saludo. ATENTAMENTE LIC. JOSÉ ÁNGEL ÁGUILA BARRAGÁN TITULAR DEL ÁREA TÉCNICA DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN DEL INSTITUTO TLAXCALTECA DE ELECCIONES Archivo adjuntoDescargarFolioTLAX-IP-290538724000188