Tlaxcala - Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Tlaxcala - (TLAX)

Solicitud del día 05/06/2024 a la dependencia Tlaxcala - Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Tlaxcala - (TLAX) del órgano Tlaxcala

DescripciónCon fundamento en el articulo 6 y 8 Constitucional, quiero saber la siguiente información que requiero en formato pdf. que me permito adjuntar a la presente solicitud, misma información que requiero de manera digital, por ende no se puede cobrar toda vez que como sujeto obligado estas obligado a documentar tu actuar, como lo establece la constitución y la ley de Transparencia del Estado.Respuesta del día06/06/2024Texto de respuestaA QUIÉN CORRESPONDA, P R E S E N T E. En atención a las manifestaciones recibidas y registradas en Plataforma Nacional de Transparencia bajo número de folio 291208224000034, me permito hacer de su conocimiento lo siguiente: 1. Que, de la lectura realizada a dichas manifestaciones, se entiende que por sí mismas no constituyen una solicitud de acceso a la información pública, pues no está requiriendo documentación alguna generada o conservada por este sujeto obligado en el ejercicio de las atribuciones con las que constitucional, legal o reglamentaria cuente. 2. Además, debemos estar sujetos a lo establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo sexto, apartado A, fracción I: I. Toda la información en posesión de cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, así como de cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad en el ámbito federal, estatal y municipal, es pública y sólo podrá ser reservada temporalmente por razones de interés público y seguridad nacional, en los términos que fijen las leyes. En la interpretación de este derecho deberá prevalecer el principio de máxima publicidad. Los sujetos obligados deberán documentar todo acto que derive del ejercicio de sus facultades, competencias o funciones, la ley determinará los supuestos específicos bajo los cuales procederá la declaración de inexistencia de la información. Del texto transcrito se desprende que existe obligación de entregar documentación pública, siempre y cuando esta sea generada en el ejercicio de las facultades, competencias o funciones, por tanto, las manifestaciones realizadas no encuadran en el supuesto previsto. Por lo expuesto, existe una imposibilidad legal y material de garantizar, en el caso concreto, el ejercicio del derecho de acceso a la información toda vez que, reitero, no se solicita información alguna generada o en posesión de este sujeto obligado, además de que no cumple los requisitos de forma establecidos en la normatividad señalada.Archivo adjuntoDescargarFolioTLAX-IP-291208224000034

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaNo competenciaTipo de respuestaINCOMPETENCIAMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta27/06/2024Fecha solicitud término06/06/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deTlaxcalaSector de la dependenciaPoder Ejecutivo