Tlaxcala - Fideicomiso de la Ciudad Industrial de Xicoténcatl - (TLAX)
Solicitud del día 06/06/2024 a la dependencia Tlaxcala - Fideicomiso de la Ciudad Industrial de Xicoténcatl - (TLAX) del órgano Tlaxcala
DescripciónCon fundamento en el articulo 6 y 8 Constitucional, quiero saber la siguiente información que requiero en formato pdf. que me permito adjuntar a la presente solicitud, misma información que requiero de manera digital, por ende no se puede cobrar toda vez que como sujeto obligado estas obligado a documentar tu actuar, como lo establece la constitución y la ley de Transparencia del Estado.Respuesta del día06/06/2024Texto de respuestaPRIMERO. - Debemos estar sujetos a lo establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo sexto, apartado A, fracción I: I. Toda la información en posesión de cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, así como de cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad en el ámbito federal, estatal y municipal, es pública y sólo podrá ser reservada temporalmente por razones de interés público y seguridad nacional, en los términos que fijen las leyes. En la interpretación de este derecho deberá prevalecer el principio de máxima publicidad. Los sujetos obligados deberán documentar todo acto que derive del ejercicio de sus facultades, competencias o funciones, la ley determinará los supuestos específicos bajo los cuales procederá la declaración de inexistencia de la información. Del texto transcrito se desprende que existe obligación de entregar documentación pública, siempre y cuando esta sea generada en el ejercicio de las facultades, competencias o funciones, por tanto, las manifestaciones realizadas no encuadran en el supuesto previsto. Por lo expuesto, existe una imposibilidad legal y material de garantizar, en el caso concreto, el ejercicio del derecho de acceso a la información toda vez que, reitero, no se solicita información alguna generada o en posesión de este sujeto obligado, además de que no cumple los requisitos de forma establecidos en la normatividad señalada. SEGUNDO. - Es de suma importancia señalar el criterio 16/09 emitido por el Pleno del INAI: “La incompetencia es un concepto que se atribuye a la autoridad. El tercer párrafo del artículo 40 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental prevé que cuando la información solicitada no sea competencia de la dependencia o entidad ante la cual se presente la solicitud de acceso, la unidad de enlace deberá orientar debidamente al particular sobre la entidad o dependencia competente. En otras palabras, la incompetencia a la que alude alguna autoridad en términos de la referida Ley implica la ausencia de atribuciones del sujeto obligado para poseer la información solicitada –es decir, se trata de una cuestión de derecho, de lo que resulta claro que la incompetencia es un concepto atribuido a quien la declara.”(Sic) En consecuencia, le informo que este Sujeto Obligado, denominado Fideicomiso de la Ciudad Industrial de Xicotencatl, se encuentra imposibilitado para atender su requerimiento de información toda vez que los dichos expuestos en la propia descripción y documento anexo a su solicitud, no se encuentran relacionados con las atribuciones que le confiere su marco normativo, por lo tanto, no se encuentra dentro de nuestros archivos físicos ni electrónicos alguna información relacionada a su solicitud y documento anexo; en tanto, se declara la notoria incompetencia de este Sujeto Obligado para atender su solicitud. Sin embargo, dando cumplimiento a lo estipulado en el primer párrafo del artículo 128 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Tlaxcala, me permito señalarle que el Sujeto Obligado encargado de generar y resguardar dicha información es el Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Tlaxcala (IAIP). Finalmente, le reitero de manera respetuosa que nos encontramos a su disposición para atender las solicitudes de información inherente al Fideicomiso de la Ciudad Industrial de Xicotencatl. Sin otro particular, me despedimos con grato aprecio y consideración. A T E N T A M E N T E LIC. KARLA BEATRIZ LÓPEZ SILVA TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA DEL FIDEICOMISO DE LA CIUDAD INDUSTRIAL DE XICOTENCATLArchivo adjuntoDescargarFolioTLAX-IP-291209824000020