Tlaxcala - Secretaría de Infraestructura - (TLAX)
Solicitud del día 20/07/2024 a la dependencia Tlaxcala - Secretaría de Infraestructura - (TLAX) del órgano Tlaxcala
Descripción1.- Estado en el que se encuentran la obras de la calle Emilio Sánchez Piedras, que se encuentra en el municipio de Tepetitla de Lardizábal, así como cualquier información sobre los trabajos realizados a la calle durante los últimos 10 años. 2.-aclaración sobre el presupuesto asignado a obras en el municipio de Tepetitla de Lardizábal, en lo que se ha gastado y cuanto ha aportado el estado a la recuperación o gestión de la calle en cuestión. 3.- documentos históricos relacionados con la calle, así como presupuesto o cualquier información sobre la misma de los últimos 15 años. 4.-todo lo anterior aplicado a la calle que inicia de la Escuela Primaria Federal "Abraham Castellanos"(19.263916799519173, -98.38154897756817), hasta la calle Jesús del monte, (19.25665738303494, -98.36673888609026).Otros datosLas coordenadas de la plataforma de maps del google https://maps.app.goo.gl/CAc6gssmPooD6GNCA https://maps.app.goo.gl/gYaYUKxiviz1vKoq9 https://maps.app.goo.gl/ArF4zWwoNWRLv8vj8 https://maps.app.goo.gl/MxZXvcaWRXifwb4Z8Respuesta del día23/08/2024Texto de respuestaEn atención a la solicitud de información pública presentada a este Sujeto Obligado a través de la Plataforma Nacional de Transparencia, bajo el número de folio 2912159240000120 y con fundamento en lo establecido por los artículos 6 y 8 de la Constitución Política de los Estados unidos Mexicanos, 132 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, así como 4, 6, 7, 12, 13, 14, 16, 17, 18, 21, 22, 23, 24, 115, 124, 125 y 128 de La Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Tlaxcala y después de haber dado seguimiento a la misma, me permito informar que: Respecto al punto señalado como número 1, me permito hacer de su conocimiento que no se encontró registro de que esta Secretaría haya ejecutado algún tipo de obra pública en la calle referida, motivo por el cual, no hay información que proporcionar, por lo que respecta a los puntos 2 y 3 de su solicitud, se hace de su conocimiento que de acuerdo a las facultadas otorgadas a este Sujeto Obligado por los artículos 43 y 44 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tlaxcala, no es competencia de esta Secretaría la generación, manejo o resguardo de la información solicitada. Lo anterior con fundamento en lo establecido en el artículo 119 de la Ley de Transparencia y Acceso a la información Pública del Estado de Tlaxcala. En espera de que la información solicitada sea de utilidad, hago de su conocimiento que de conformidad con lo establecido por los artículos 134 y 135 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Tlaxcala, queda a salvo su derecho de interponer el recurso de revisión ante el Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Tlaxcala, en un término de quince días siguientes a la fecha de notificación de la presente respuesta.Archivo adjuntoDescargarFolioTLAX-IP-291215924000120