Tlaxcala - Partido Movimiento Regeneración Nacional - (TLAX)
Solicitud del día 27/01/2024 a la dependencia Tlaxcala - Partido Movimiento Regeneración Nacional - (TLAX) del órgano Tlaxcala
DescripciónQuisiera la información correspondiente de a cuánto ascienden los daños provocadas en la infraestructura, el medio ambiente o en la salud de los pobladores que están siendo afectados por el basurero de panotla, mismo que aún sigue quemándose y que ya fue declarado como emergencia ambiental. Y del que cabe decir, que el actual secretario de gobierno, Luis Antonio Ramírez Hernández, junto al procurador de protección al ambiente Iván García Juárez, fueron los encargados de expedir las licencias y permisos de funcionamiento de dicho establecimiento del que hoy se niegan a dar informaciónOtros datosDaños y perjuicios Repercusiones a la salud Luis Antonio Ramírez Hernández Iván García Juárez MorelensesRespuesta del día31/01/2024Texto de respuestaEn atención al requerimiento de información formulado al Comité Ejecutivo Estatal de MORENA en Tlaxcala, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 121, 122 y 123 de la Ley General Transparencia y Acceso a la Información Pública; 113, 114 y 115 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Tlaxcala, mediante la solicitud con folio: 291334024000003, presentada a través de la Plataforma Nacional de Transparencia, razón por la cual se formó el expediente interno número CEE-UT-2024003, en la que solicita la información consistente en: “Quisiera la información correspondiente de a cuánto ascienden los daños provocadas en la infraestructura, el medio ambiente o en la salud de los pobladores que están siendo afectados por el basurero de panotla, mismo que aún sigue quemándose y que ya fue declarado como emergencia ambiental. Y del que cabe decir, que el actual secretario de gobierno, Luis Antonio Ramírez Hernández, junto al procurador de protección al ambiente Iván García Juárez, fueron los encargados de expedir las licencias y permisos de funcionamiento de dicho establecimiento del que hoy se niegan a dar información”. (SIC). Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 129, 131, 132 y 133 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; así como el 130, 132, 133, 134 y 135 de la Ley Federal Transparencia y Acceso a la Información Pública, se emite en tiempo y forma, la siguiente respuesta en apego a los principios de certeza, eficacia, imparcialidad, independencia, legalidad, máxima publicidad, objetividad, profesionalismo y transparencia consagrados en el artículo 9 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Tlaxcala.Archivo adjuntoDescargarFolioTLAX-IP-291334024000003