Tlaxcala - Partido Movimiento Regeneración Nacional - (TLAX)

Solicitud del día 14/06/2024 a la dependencia Tlaxcala - Partido Movimiento Regeneración Nacional - (TLAX) del órgano Tlaxcala

DescripciónPrimero.- Solicito la versión pública en formato PDF de los documentos por los que los ciudadanos Gustavo Adolfo Gaspariano Coyotl y José Alfredo Tlatelpa Romero, se registraron como personas candidatas a regidores, propietario y suplente respectivamente, del municipio de San Pablo del Monte, postuladas por el partido Movimiento de Regeneración Nacional. Segundo.- Solicito conocer como es que el partido Movimiento de Regeneración Nacional, así como el Instituto Tlaxcalteca de elecciones acordó la procedencia del registro de los ciudadanos Gustavo Adolfo Gaspariano Coyotl y José Alfredo Tlatelpa Romero como mujeres. Respuesta del día02/07/2024Texto de respuestaEn atención al requerimiento de información formulado al Comité Ejecutivo Estatal de MORENA en Tlaxcala, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 121, 122 y 123 de la Ley General Transparencia y Acceso a la Información Pública; 113, 114 y 115 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Tlaxcala, mediante la solicitud con folio: 291334024000030, presentada a través de la Plataforma Nacional de Transparencia, razón por la cual se formó el expediente interno número CEE-UT-2024027, en la que solicita la información consistente en: “Primero.- Solicito la versión pública en formato PDF de los documentos por los que los ciudadanos Gustavo Adolfo Gaspariano Coyotl y José Alfredo Tlatelpa Romero, se registraron como personas candidatas a regidores, propietario y suplente respectivamente, del municipio de San Pablo del Monte, postuladas por el partido Movimiento de Regeneración Nacional. Segundo.- Solicito conocer como es que el partido Movimiento de Regeneración Nacional, así como el Instituto Tlaxcalteca de elecciones acordó la procedencia del registro de los ciudadanos Gustavo Adolfo Gaspariano Coyotl y José Alfredo Tlatelpa Romero como mujeres.”. (SIC). Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 129, 131, 132 y 133 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; así como el 130, 132, 133, 134 y 135 de la Ley Federal Transparencia y Acceso a la Información Pública, se emite en tiempo y forma la siguiente respuesta en apego a los principios de certeza, eficacia, imparcialidad, independencia, legalidad, máxima publicidad, objetividad, profesionalismo y transparencia consagrados en el artículo 9 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Tlaxcala.Archivo adjuntoDescargarFolioTLAX-IP-291334024000030

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaEntrega de información vía Plataforma Nacional de TransparenciaTipo de respuestaMODALIDADMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta05/07/2024Fecha solicitud término02/07/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deTlaxcalaSector de la dependenciaPartidos Políticos