Tlaxcala - Instituto Tlaxcalteca para Devolver al Pueblo lo Robado
Solicitud del día 12/09/2024 a la dependencia Tlaxcala - Instituto Tlaxcalteca para Devolver al Pueblo lo Robado del órgano Tlaxcala
DescripciónC. MARÍA ISABEL DELFINA MALDONADO TEXTLE. SECRETARIA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA DE GOBIERNO DEL ESTADO DE TLAXCALA. imaldonado.sfp@tlaxcala.gob.mx / isabel.maldonado.sfp@tlaxcala.gob.mx / despacho.sfp@tlaxcala.gob.mx P R E S E N T E. Distinguida Contralora del Estado, Que por medio del presente ocurso, vengo a denunciar a las CC. ERENDIRA OLIMPIA COVA BRINDIS y MARÍA ISABEL DELFINA MALDONADO TEXTLE, personas servidoras públicas que, respectivamente, se ostentó y actualmente detenta el cargo de TITULAR DE LA SECRETARÍA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE TLAXCALA, mismas a quienes acuso el haber incurrido en diversas faltas graves cometidas en términos de los artículos 51, 61, 64 y demás relativos y aplicables de la LEY GENERAL DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS, siendo estas el tráfico de influencias y en obstrucción de la justicia, lo anterior por la responsabilidad en que incurrieron al momento en que supuestamente investigaron, aparentemente substanciaron y probablemente resolvieron lo concerniente respecto de las faltas administrativas denunciadas por el suscrito el día 02 DE MARZO DE 2022, cuando él de la voz, hice de conocimiento al ÓRGANO INTERNO DE CONTROL DE LA PROCURADURÍA DE PROTECCIÓN AL AMBIENTE DEL ESTADO DE TLAXCALA, lo relativo a las malas prácticas en que estaban incurriendo el personal directivo de dicho Organismo Público Desconcentrado. Lo anterior así, toda vez que, en esa misma data, en la cual presente la denuncia correspondiente, mi ex compañero de nombre ÁNGEL RICARDO DE JESÚS MOYAO, quien se desempeñaba como JEFE DEL DEPARTAMENTO DE DENUNCIAS, QUEJAS Y PARTICIPACIÓN SOCIAL, empero, que oficialmente debía ostentar el cargo que tenía el suscrito, siendo este el de JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ASUNTOS CONTENCIOSOS, este me hizo de conocimiento que derivado de la delación formulada ante la SECRETARÍA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE TLAXCALA, se le había corrido traslado al PERSONAL DIRECTIVO DE LA PROPAET, mismos que lo habían cuestionado respecto a si sabía algo de lo que él de la voz estaba haciendo, de que si él me estaba ayudando o sabía de esta, de igual forma me comento ese mismo día que derivado de la indebida puesta en alerta por parte de las AUTORIDADES DE LA CONTRALORÍA DEL ESTADO DE TLAXCALA, mis excompañeros de la DIRECCIÓN JURÍDICA habían procedido en volver armar los expedientes y reasignar folios y encubrir todas las faltas para crear la apariencia de que no había sucedido absolutamente nada con respecto a lo denunciado. Bajo ese tenor, únicamente me permito decir que, con motivo de ello, las funcionarias obstruyeron la justicias, aun y por ley estando obligadas de investigar, substancias los procedimientos y resolver lo concerniente conforme a derecho, estas permitieron que las Autoridades denunciadas se sustrajeran de sus responsabilidades, actuando de manera arbitraria e ilegal puesto que alertar a funcionarios denunciados para que oculten la información y las pruebas de los hechos denunciados, es una actitud contraria a los principios que rigen el servicio público, así como contrario a la ley y a la constitución; de igual forma, preciso que todo lo anterior, deviene del expediente número E.I. 89/2023/DJ/AI-1, mismo del que jamás me han notificado absolutamente nada, aun habiendo señalado medios especiales de contacto para tales efectos, y sobre todo porque él de la voz, en su momento presente un recurso de revisión por una indemnización patrimonial del estado en concepto de daño moral que había demandado, y que de forma unilateral y contraria a la ley, los SERVIDORES PÚBLICOS DE LA SECRETARÍA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE TLAXCALA, cambiaron la naturaleza de mi recurso, volviéndolo denuncia y además me obstruyeron y/o privaron en todo momento del conocimiento de que había pasado con este, pues la día de hoy, no sé qué paso con él y no me han notificado absolutamente nada. Siendo ese el motivo por el cual presento esta denuncia en contra las titulares de dicha SECRETARÍA DERespuesta del día12/09/2024Texto de respuestaEN RESPUESTA A LA SOLICITUD DE FOLIO 293104924000035Archivo adjuntoDescargarFolioTLAX-IP-293104924000035