Veracruz - Ayuntamiento de Fortín - (VER)
Solicitud del día 01/08/2024 a la dependencia Veracruz - Ayuntamiento de Fortín - (VER) del órgano Veracruz
DescripciónEn el ejercicio al Derecho a la Información, solicito conocer las quejas y casos de Maltrato Animal que ha reportado la ciudadanía a esta autoridad correspondiente a los años 2023 y 2024. ¿Cuántos casos fueron en cada uno de los años referidos? ¿De qué localidades, colonias o zonas del municipio se derivaron los reportes? ¿Qué área del ayuntamiento atiende dichos reportes o casos? ¿Cuántas sanciones o multas se aplicaron? ¿Cuántos casos procedieron y canalizaron ante la Fiscalía? ¿Cuáles son las acciones, estrategias o medidas para prevenir, inhibir o evitar el maltrato animal? Mostrar evidencia. ¿Cuál es la norma, ley o Reglamento para Bienestar Animal en la que se fundamenta esta autoridad municipal? Mostrar evidencia. Respuesta del día19/08/2024Texto de respuestaC. MTRO. CRISTOPHER IVÁN VERDEJO ANDRADE, en mi calidad de Titular de la Unidad de Transparencia de este H. Ayuntamiento, con fundamento en los artículos 6 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 1, 2, 3, 4, 6, 7, 45, 121, 125 y 131 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, 134 fracciones II y III, 139, 141 , 143 párrafos primero y segundo, 145 fracciones I, II y III, y párrafo primero de la Ley 875 de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, comunico a usted la respuesta formulada por esta Unidad de Transparencia y Acceso a la Información del H. Ayuntamiento de Fortín, Ver, así mismo se acompañan los oficios de respuesta de las unidades generadoras, documentos que contienen la materia de la información solicitada. Finalmente le comunico que la respuesta contiene enlaces a documentos en repositorios digitales, por ellos y con base en el criterio 03/2022 emitido por el Instituto Veracruzano de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, de rubro LIGA ELECTRÓNICA. FÁCIL ACCESO (De conformidad con el artículo 143 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, establece que la obligación de acceso a la información se dará por cumplida cuando se pongan los documentos o registros a disposición del solicitante y cuando la información esté disponible por Internet, se le hará saber al interesado la fuente, el lugar y la forma en que puede consultar, reproducir u obtener la información, por lo que, en aras de que dicho precepto se cumpla a cabalidad y para maximizar el derecho de los recurrentes, atendiendo lo establecido en el artículo primero constitucional corresponde a las instituciones evitar con su conducta violaciones a los derechos humanos, para ello los sujetos obligados deberán privilegiar la utilización de ligas electrónicas en un formato que permita su copiado y pegado de fácil acceso, lo cual podrá realizar en el cuadro de diálogo de respuesta localizado en la Plataforma Nacional de Trasparencia, con la debida diligencia de verificar que la liga electrónica tenga un destino válido para la consulta de la información y, si la consulta requiere otros pasos a seguir, brindar una explicación lógica en lenguaje cotidiano comprensible para cualquier persona.), por lo que pongo a su disposición la información citada de la forma siguiente: OFICIO FORT/DPDMR/093/2024 1.- LEY DE PROTECCIÓN A LOS ANIMALES PARA EL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE: • https://www.legisver.gob.mx/leyes/LeyesPDF/LPANIMALES04022020F.pdfArchivo adjuntoDescargarFolioVER-IP-300547424000064