Veracruz - Ayuntamiento de Veracruz - (VER)
Solicitud del día 07/09/2024 a la dependencia Veracruz - Ayuntamiento de Veracruz - (VER) del órgano Veracruz
DescripciónEl viernes 6 de septiembre de 2024, ASIPONAVER, emitió un comunicado, donde dice que en conjunto con la SEMAR y AUTORIDADES MUNICIPALES, supongo que se refiere al Ayuntamiento de Veracruz, el cual se agrega para que surta los efectos legales procedentes, en el que mencionaron que habían tomado la posesión del local 10, de la Zona Federal que se encuentra en la calle de Landero y Coss, mismo que dice que carecía de documento vigente que acredita la concesión de la autoridad correspondiente; con base en el anterior cotexto, les solicito a dichas instituciones que de manera fundada y motivada señalen y acrediten legalmente que: 1.- Son entidades de autoridad competentes para dicha actuaciones; y, 2.- Cuál fue el procedimiento legal que ejercieron para tomar posesión de dicho inmueble; Ya que se supone que al ser parte de la Zona Federal esa concesión o ausencia de ella, es competencia de la SEMARNAP y de la PROFEPA.Respuesta del día12/09/2024Texto de respuestaC. Ricardo Morales Carrasco PRESENTE Como parte de la atención a su solicitud de información, con número de folio 300560524000203, recibida en esta Unidad de Transparencia, en fecha oficial de presentación 09 de septiembre de 2024, a través del Sistema de la Plataforma Nacional de Transparencia Veracruz. 1. FORMA DE ENTREGA DE LA INFORMACIÓN: Sistema de Solicitudes de Información de la Plataforma Nacional de Transparencia 2. ORIENTACIÓN: Después de haber analizado su requerimiento de información y con fundamento en los artículos 6° Primer Párrafo de la Constitución Mexicana de los Estados Unidos, 4 de la Ley de General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; 4 y 5 de la Ley 875 de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave; por lo que el derecho humano de acceso a la información comprende solicitar, investigar, difundir, buscar y recibir información. Es así que toda la información generada, obtenida, adquirida, transformada o en posesión de los sujetos obligados es pública y accesible a cualquier persona en los términos y condiciones establecidos en la Ley. En razón de lo anterior, los sujetos obligados no tienen la obligación de proporcionar documentos si éstos no se hubiesen generado y/o atiendan consultas o pronunciamientos no tutelados por la normatividad de transparencia, siendo aplicable Criterio 2/20157 DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN Y DERECHO DE PETICIÓN. ELEMENTOS QUE LOS DISTINGUEN, emitido por el Instituto Veracruzano de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (IVAI). En ese sentido, hago de su conocimiento que tendrá que dirigir su solicitud de información a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), como Sujeto obligado, que posiblemente cuente con la información que usted desea conocer, debido a que la Secretaría esta facultad para otorgar concesiones, permisos y autorizaciones en la Zona Federal Marítimo Terrestre (ZOFEMAT), es exclusiva de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), por lo que los municipios costeros deben abstenerse de entregar documentos de este tipo. Sin más por el momento y dando Orientación a su Solicitud de Información, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo. ATENTAMENTE “NUESTRO PUERTO, NUESTRA CASA” H. Veracruz, Ver., a 12 de septiembre de 2024 C.P. VIRGINIA UTRERA CELIS TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA H. AYUNTAMIENTO DE VERACRUZArchivo adjuntoDescargarFolioVER-IP-300560524000203