Veracruz - Comisión Estatal de Derechos Humanos - (VER)
Solicitud del día 25/04/2024 a la dependencia Veracruz - Comisión Estatal de Derechos Humanos - (VER) del órgano Veracruz
DescripciónSolicito la siguiente información correspondiente al período 2018, 2019, 2020, 2021, 2022, 2023 De las carpetas de investigación que se formaron por los delitos de trata de personas ¿Cuántas carpetas de investigación se han integrado por el delito de trata de personas durante los años 2018, 2019, 2020, 2021, 2022, 2023? ¿Cuántas de ellas fueron judicializadas durante los años 2018, 2019, 2020, 2021, 2022, 2023? ¿Por qué modalidad de trata según la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los delitos en materia de Trata y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos? ¿Cuántas sentencias condenatorias y absolutorias se ejecutaron por el delito de trata de personas durante los años 2018, 2019, 2020, 2021, 2022, 2023? ¿Por qué modalidad de trata según la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los delitos en materia de Trata y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos? ¿Cuántos niños, niñas y adolescentes son reconocidos como víctimas de trata de personas y en qué modalidades? Desagregue por edades, sexo, origen (pueblo indígena) nacionalidad y cualquier otro tipo de categoría que sirva para reconocer el perfil de la niñez en situación de trata.Respuesta del día26/04/2024Texto de respuestaC. SOLICITANTE PRESENTE Con fundamento en lo que dispone el artículo 136 de la Ley General de Transparencia, así como 134 fracciones II, III y VII de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Veracruz, hago de su conocimiento la existencia de una notoria incompetencia por parte de este Organismo para atender la situación que plantea, por las razones siguientes: • De conformidad con el artículo 3 de la Ley 483 de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, así como 15 de su Reglamento Interno, “…la Comisión Estatal tendrá competencia en todo el territorio del estado de Veracruz, para conocer de quejas relacionadas con presuntas violaciones a los derechos humanos cuando éstas sean atribuibles a autoridades de carácter estatal o municipal o a ambos, por los actos u omisiones de carácter administrativo en las que incurran.” • Por otra parte, de acuerdo con lo establecido en el artículo 143 párrafo primero de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el estado de Veracruz, los sujetos obligados sólo entregarán aquella información que se encuentre en su poder. Por lo anterior, se sugiere a la persona solicitante dirigir su petición a la Fiscalía General del Estado de Veracruz (FGE), sujeto obligado de quien depende la Fiscalía Coordinadora Especializada en Investigación de Delitos de Violencia contra la Familia, Mujeres, Niñas y Niños, y de Trata de Personas, la cual, de acuerdo con la fracción I del artículo 41 del Reglamento de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Veracruz, tendrá la atribución de conocer particularmente de los delitos de lesiones dolosas a menores, aborto, violencia familiar, omisión de cuidado, exposición de menores e incapaces, esterilidad forzada, pederastia, violación, abuso sexual, estupro, acoso sexual, incumplimiento de la obligación de dar alimentos y abandono de familiares, sustracción o retención de menores o incapaces, tráfico de menores, delitos contra la filiación y el estado civil, bigamia, matrimonios ilegales, incesto, maltrato, maltrato infantil, feminicidio, trata de personas cuando se encuentren involucrados menores o mujeres, y delitos de violencia de género. En el mismo sentido, la fracción II del artículo en cita, estipula que la Fiscalía Coordinadora Especializada conocerá de las denuncias que, por incompetencia, le sean remitidas por los Fiscales Especializados en Justicia Penal para Adolescentes, cuando las víctimas sean niñas, niños o mujeres. Por otro lado, en relación a las sanciones impuestas a través de una sentencia a las personas responsables de haber cometido un delito, se sugiere dirigir su petición al Poder Judicial del Estado de Veracruz, sujeto obligado que tiene a su cargo los Tribunales de enjuiciamiento, los cuales podrán conocer y resolver los procesos penales. Asimismo, dicho sujeto obligado tiene a su cargo la Dirección de Control y Estadística, la cual de acuerdo con el artículo 126 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Veracruz, tendrá la función de implementar los procedimientos, manuales y formatos necesarios para que los órganos jurisdiccionales o administrativos presenten los informes estadísticos requeridos, como pudiera ser el número de sentencias emitidas por determinados delitos. En consecuencia, a manera de orientación, se sugiere a la persona solicitante dirigir su petición a la Fiscalía General del Estado de Veracruz, y al Poder Judicial del Estado de Veracruz, sujetos obligados que pudieran contar con la información que requiere. Sin otro particular, reciba un cordial saludo.Archivo adjuntoDescargarFolioVER-IP-300563724000059