Veracruz - Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Veracruz - (VER)
Solicitud del día 11/09/2024 a la dependencia Veracruz - Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Veracruz - (VER) del órgano Veracruz
DescripciónApartado A: Del personal con las categorías señaladas en los niveles salariales 13 (Subjefe Técnico Especialista) en adelante que tiene contratado en el colegio que representan se requiere la siguiente información: 1.- Cuantos personas por nivel salarial tienen contratados: 2.- Establecer el origen del recurso para el pago del personal de estas categorías (Faeta, fondo estatal, Ingresos Propios, Otros): 3.- Por cada nivel salarial determinar sí existen personal que haya sido basificado. 4.- Sí existe personal basificado de estos niveles, cual es el sustento legal para la basificación. 5.- Sí existe personal basificado de estos niveles, cual es el documento legal en que se le entrega al trabajador para formalizar su base. 6.- Sí existe personal basificado de estos niveles determinar sí se reporto el movimiento al trabajador y al ISSSTE. Apartado B: Del personal con las categorías señaladas como docentes o que impartan clases a los alumnos del conalep que se encuentren Sindicalizados que tiene contratado en el colegio que representan se requiere la siguiente información: 1.- Cuantos personas con la categoría de docentes o que impartan clases a los alumnos del conalep tienen contratados: 2.- Establecer el origen del recurso para el pago del personal de este personal (Faeta, fondo estatal, Ingresos Propios, Otros): 3.- Del personal docentes o que impartan clases a los alumnos del conalep, determinar sí existe personal que haya sido basificado. 4.- Sí existe personal basificado cual es el sustento legal para la basificación. 5.- Sí existe personal basificado , cual es el documento legal en que se le entrega al trabajador para formalizar su base. 6.- Sí existe personal basificado señalar sí se reporto el movimiento al trabajador y al ISSSTE.Respuesta del día25/09/2024Texto de respuestaEn términos de los artículos 6 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 6 de la Constitución Política del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave; numerales 9 fracción V, 11 fracción XVI y 134 fracción II de la Ley 875 de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, se requirió mediante oficio UT/050/2024, a la Jefatura de Recursos Humanos, misma que con fundamento en el artículo 145 de la Ley número 875 de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, dio respuesta mediante el oficio DGV/3054/2024 de fecha 20 de septiembre de la presente anualidad, el cual se adjunta al presente. Sin otro particular, reciba un afectuoso saludo.Archivo adjuntoDescargarFolioVER-IP-301147124000013