Veracruz - Instituto Veracruzano de Desarrollo Municipal - (VER)
Solicitud del día 07/06/2024 a la dependencia Veracruz - Instituto Veracruzano de Desarrollo Municipal - (VER) del órgano Veracruz
DescripciónASUNTO: Solicitud de Daño Patrimonial del INVEDEM del Ejercicio 2022. Por medio de la presente, me dirijo a este sujeto obligado en calidad de persona ciudadana para solicitar acceso a información de la presunta comisión de faltas administrativas y/o la presunta existencia de un daño patrimonial a la Hacienda Pública, respecto de la gestión financiera del Instituto Veracruzano de Desarrollo Municipal (INVEDEM) en el ejercicio 2022. ANTECEDENTES- Al presumirse la existencia de un DAÑO PATRIMONIAL A LA HACIENDA PÚBLICA de la Cuenta Pública del Ejercicio 2022 con: NO. DE OBSERVACIÓN DE PRESUNTO DAÑO PATRIMONIAL FINANCIERO-PRESUPUESTAL: FP-063/2022/003 DAÑ por un MONTO TOTAL de $216, 839.76 y de la cual el ORFIS promovió el FINCAMIENTO DE RESPONSABILIDADES Y DETERMINACIÓN DE DAÑOS Y PERJUICIOS de conformidad con el Título Quinto de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, así como con las Leyes General de Responsabilidades Administrativas y de Responsabilidades Administrativas para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. SOLICITO LA SIGUIENTE INFORMACIÓN DETALLADA: • ¿Cuáles son las RESPONSABILIDADES Y DETERMINACIÓN DE DAÑOS Y PERJUICIOS fincados hacia RAFAEL ALAJENDRO CASTILLO ZUGASTI, Ex titular de la Dirección General del INVEDEM y su exjefa del Departamento Administrativo, ¿CARLA KERENA LANDA YAÑEZ? • ¿Cuáles son las acciones legales y/o administrativas ejercidas sobre estos dos exfuncionarios públicos? La finalidad de esta solicitud es obtener una comprensión completa sobre la Fiscalización Superior del INVEDEM de acuerdo con la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, así como con las Leyes General de Responsabilidades Administrativas y de Responsabilidades Administrativas para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Quedo a la espera de su pronta respuesta y agradezco de antemano la atención prestada a esta solicitud. Respuesta del día21/06/2024Texto de respuestaC.SOLICITANTE P R E S E NT E En atencióna la solicitud de acceso a la información recibida mediante Plataforma Nacionalde Transparencia, con número de folio 301151224000011,de fecha seis de junio del año en curso, me permito informarle que el InstitutoVeracruzano de Desarrollo Municipal es una Entidad Paraestatal consideradasujeto obligado en el Estado de Veracruz, con base a lo establecido en elartículo 6, último párrafo, de la Constitución Política del Estado de Veracruzde Ignacio de la Llave.Enese tenor, en cumplimiento a las atribuciones conferidas en los artículos 134,fracciones II y III, 143 y 145, de la Ley número 875 de Transparencia y Accesoa la Información Pública para el Estado de Veracruz, 12 fracción XVIII de laLey del Instituto Veracruzano de Desarrollo Municipal, se da atención a lasolicitud de información.En respuestaa su solicitud de acceso a la información, le comunico que mediante oficio INVEDEM/UT/330/2024 de fecha siete dejunio de dos mil veinticuatro, la Unidad de Transparencia de este Instituto, remitió al Departamento Administrativo lasolicitud para dar la atención correspondiente por ser asunto de sucompetencia. En virtud delo anterior, el área referida diorespuesta en tiempo y forma de acuerdo a sus atribuciones, mediante eloficio INVEDEM/DA/368/06/2024 defecha diecinueve de junio de dos mil veinticuatro, donde el área responsableinformó que, luego de realizar una búsqueda minuciosa yexhaustiva no encontraron en sus archivos documento o evidencia referente a,cuáles son las responsabilidades y determinación de daños y perjuicios fincadoshacia Rafael Alejandro Castillo Zugasti, ex titular de la Dirección General delINVEDEM y su ex jefa del departamento administrativo, Carla Kerena Landa Yañez;y cuáles son las acciones legales y/o administrativas ejercidas sobre estos dosex funcionarios públicos, solicitando alComité de Transparencia resolver sobre la declaración de inexistencia de lacitada información, fundando su respuesta en las atribuciones que le otorgael Reglamento Interno de este Instituto y lo establecido en los artículos 7,150 y 151 de Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estadode Veracruz de Ignacio de la Llave, en lamodalidad que se adjunta al presente. Derivado delo anterior el Comité de Transparencia mediante el acuerdo o resolutivo ACUERDO ACT/CT/SE-02/20/06/2024/01determina, en su parte sustancial: PRIMERO.- Con fundamento en lo dispuestopor los artículos los artículos 131, fracción II, 143 y 150, fracción II, de laLey de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el estado deVeracruz, se confirma la inexistencia dela información referente a, cuáles son las responsabilidades ydeterminación de daños y perjuicios fincados hacia Rafael Alejandro CastilloZugasti, ex titular de la Dirección General del INVEDEM y su ex jefa deldepartamento administrativo, Carla Kerena Landa Yañez; y cuáles son las accioneslegales y/o administrativas ejercidas sobre estos dos ex funcionarios públicos, derivada de la solicitud deinformación con número de folio 301151224000011. SEGUNDO.- En términos del artículo 145 dela Ley de trasparencia local, se instruye al Titular de Unidad de Transparenciadel Instituto, notifique la resoluciónal solicitante. Asimismo, el Titular delDepartamento Administrativo, estimó pertinente orientar al solicitante, a quedirija su solicitud al Órgano de Fiscalización Superior del Estado, que es elsujeto obligado que, en su caso, pudiera contar con la información que solicita,proporcionando los datos del ente público. Esperandoque la información brindada pueda servir para satisfacer su derecho de acceso a la información pública, sin otroparticular, le envío un cordial saludo. LIC. HORACIO ÁNIMAS RINCÓNENLACE DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIAArchivo adjuntoDescargarFolioVER-IP-301151224000011