Veracruz - Secretaría de Protección Civil - (VER)

Solicitud del día 17/06/2024 a la dependencia Veracruz - Secretaría de Protección Civil - (VER) del órgano Veracruz

DescripciónCon base en la Ley 856 de Protección Civil, su Reglamento, o en su caso algún otro documento oficial, ¿De que manera y/o forma se debe ingresar a la Secretaría de Protección Civil un expediente correspondiente a un Análisis de Riesgos y Vulnerabilidad? lo anterior contemplando los rubros de a). Asentamientos humanos; b). Construcción, edificación y obras de infraestructura; c). Manejo de sustancias peligrosas, y d). Cumplimiento de disposiciones en materia de protección civil para instalaciones existentes. Una vez que se cumple con los requisitos señalados en el Articulo 85 de la Ley antes mencionada y el Articulo 57 de su reglamento, ¿De qué manera se debe integarar la documentación del expediente para que se pueda ingresar formalmente? Respuesta del día04/07/2024Texto de respuestaSe NOTIFICA de la existencia de la información. Se adjunta archivo.Archivo adjuntoDescargarFolioVER-IP-301153724000044

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaEntrega de información vía PNTTipo de respuestaMODALIDADMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta04/07/2024Fecha solicitud término04/07/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deVeracruzSector de la dependenciaPoder Ejecutivo