Veracruz - Secretaría de Salud - (VER)
Solicitud del día 08/07/2024 a la dependencia Veracruz - Secretaría de Salud - (VER) del órgano Veracruz
DescripciónDeseo conocer que actividades (aparte de las visitas domiciliarias por parte del personal de enfermería), se están desarrollando en la cabecera municipal de Ilamatlan, Veracruz a efecto mitigar los diversos casos de posible dengue, esto debido a que varios vecinos y vecinas de esta cabecera municipal (incluyendo menores de edad) desde hace más de 20 días presentan los siguientes síntomas Fiebre Dolor de huesos Nauseas Mareos Algunos cuentan diversas erupciones en la piel. Posiblemente la respuesta sea que no tienen reportes por parte de personal del centro de salud, el caso es que no se acude al centro de salud porque desde hace meses que no se cuenta con personal médico, para lo cual también deseo saber el tiempo estimado en el cual enviaran a personal médico al centro de salud. De la misma forma deseo saber quién quienes son los encargados de atender a personas con enfermedades crónico degenerativas como la diabetes e hipertensión, es decir quién receta los medicamentos para las personas bajo está condición. Lo anterior debido a que un considerable porcentaje de la población padece lo síntomas manifestados anteriormente, haciendo mención como ejemplo que en mi familia ya nos enfermamos de lo mismo 5 adultos los cuales ya estamos recuperados y 3 menores de edad (de los cuales 1 menor de 8 años y 1 menor de 4 persisten con temperaturaRespuesta del día07/08/2024Texto de respuestaEn atención y respuesta a su solicitud de información recibida mediante la Plataforma Nacional de Transparencia con número de folio 301153824000418, la Dirección de Atención Médica, la Dirección de Salud Pública y la Subdirección de Recursos Humanos le responden con el Oficio No. SESVER/DAM/10523/2024 con Anexos, Oficio No. DSP/963/2024 con Anexos y Oficio No. SESVER/SRH/13500/2024. Lo anterior en términos del artículo 143 de la Ley 875 de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave y que se robustece con el criterio 03/17 emitido por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales. Artículo 143. Los sujetos obligados sólo entregarán aquella información que se encuentre en su poder, dicha entrega no comprende el procesamiento de la misma, ni el presentarla conforme al interés particular del solicitante. La obligación de acceso a la información se dará por cumplida cuando se pongan los documentos o registros a disposición del solicitante o bien se expidan las copias simples, certificadas o por cualquier otro medio. Criterio 03/17 No existe obligación de elaborar documentos ad hoc para atender las solicitudes de acceso a la información. Los artículos 129 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y 130, párrafo cuarto, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, señalan que los sujetos obligados deberán otorgar acceso a los documentos que se encuentren en sus archivos o que estén obligados a documentar, de acuerdo con sus facultades, competencias o funciones, conforme a las características físicas de la información o del lugar donde se encuentre. Por lo anterior, los sujetos obligados deben garantizar el derecho de acceso a la información del particular, proporcionando la información con la que cuentan en el formato en que la misma obre en sus archivos; sin necesidad de elaborar documentos ad hoc para atenderlas solicitudes de información. Favor de consultar el archivo adjunto en formato PDF el cual contiene los oficios y los anexos de respuesta, mencionados en el primer párrafo. Sin otro particular, reciba un cordial saludo.Archivo adjuntoDescargarFolioVER-IP-301153824000418