Yucatán - Fiscalia General Del Estado De Yucatan - (YUC)
Solicitud del día 30/11/2023 a la dependencia Yucatán - Fiscalia General Del Estado De Yucatan - (YUC) del órgano Yucatán
DescripciónSolicito saber los principales métodos de suicidio (ahorcamiento, evenenamiento, arma de fuego, etc.) que se usaron durante los años 2021, 2022 y 2023. En ese sentido, quisiera tener la información por números por municipio y, de ser posible, en porcentajes en general en el estado de Yucatán. Respuesta del día13/12/2023Texto de respuestaAsunto: Respuesta Ciudadana del Folio 310568623000681 Mérida, Yucatán a 11 de diciembre de 2023. C. Mateo Peraza Villamil Presente.- Por medio del presente y en atención a su solicitud marcada con el folio número 310568623000681, de 30 de noviembre del 2023, me permito hacerle de su conocimiento que en la resolución de 07 de diciembre del año en curso y confirmada en la Cuadragésima Quinta Sesión Extraordinaria del Comité de Transparencia, se determinó lo siguiente: PRIMERO.- Este Comité de Transparencia es competente para conocer y resolver el presente asunto, de conformidad con los preceptos legales citados en el considerando primero de la presente resolución. SEGUNDO.- Poner a disposición de quien solicita la información a través del Sistema PNT, el documento en versión electrónica con la información proporcionada por la Dirección de Investigación y Atención Temprana de la Fiscalía General del Estado de Yucatán, de conformidad con el considerando segundo de la presente resolución. TERCERO.- De conformidad con los argumentos precisados en el considerando cuarto, se confirma la inexistencia de la información requerida a la Dirección de Investigación y Atención Temprana de la Fiscalía General del Estado de Yucatán, con relación a los principales métodos de suicidio durante el 2021, 2022 y 2023, así como el municipio donde ocurrieron estos y el porcentaje general, en virtud de que dicha Unidad no cuenta con la estadística solicitada. CUARTO.- Se instruye a la Unidad de Transparencia a notificar al solicitante la presente resolución, informándole que ésta podrá ser impugnada a través del Recurso de Revisión en los plazos establecidos en las disposiciones legales aplicables, con fundamento en el artículo 132 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. En tal virtud, y en cumplimiento en lo establecido en el artículo 133 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, se adjuntan los oficio marcado con el número FGE/DIAT/2644/2023, de 04 de diciembre del año en curso, respectivamente suscritos por la Dirección de Investigación y Atención Temprana de la Fiscalía General del Estado de Yucatán, así como la resolución de 07 de diciembre del presente año y el Acta de la Cuadragésima Quinta Sesión Extraordinaria del Comité de Transparencia de la Fiscalía General del Estado, celebrada el día de hoy. Atendiendo al punto resolutivo cuarto, sírvase el presente como vía de notificación para los alcances legales establecidos en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Sin otro particular, le envío un cordial saludo. A t e n t a m e n t e Licda. Ana María Castro Cen Titular de la Unidad de Transparencia de la Fiscalía General del Estado.Archivo adjuntoDescargarFolioYUC-IP-310568623000681