Yucatán - Fiscalia General Del Estado De Yucatan - (YUC)
Solicitud del día 13/12/2023 a la dependencia Yucatán - Fiscalia General Del Estado De Yucatan - (YUC) del órgano Yucatán
DescripciónSolicito conocer cuantas órdenes y medidas de protección en el que la víctima haya sido mujer, otorgadas durante los años 2017, 2018, 2019, 2020, 2021, 2022 y 2023, han sido ejecutadas y cuantas han sido incumplidas por parte de las personas agresoras. Solicito me sea proporcionada a información en formatos word y excel reutilizables.Respuesta del día15/01/2024Texto de respuestaAsunto: Respuesta Ciudadana del Folio 310568623000697 Mérida, Yucatán a 15 de enero de 2024. C. Liz Presente.- Por medio del presente y en atención a su solicitud marcada con el folio número 310568623000697, de 13 de diciembre del 2023, me permito hacerle de su conocimiento que en la resolución de 11 de enero del año en curso, y confirmada en la Segunda Sesión Extraordinaria del Comité de Transparencia, se determinó lo siguiente: PRIMERO.- Este Comité de Transparencia es competente para conocer y resolver el presente asunto, de acuerdo con los preceptos legales citados en el considerando primero de la presente resolución. SEGUNDO.- Poner a disposición de quien solicita la información a través del Sistema PNT, el documento en versión electrónica con la información proporcionada por la Dirección de Coordinación y Vinculación Ministerial con el Centro de Justicia para las Mujeres de la Fiscalía General del Estado de Yucatán, de conformidad con el considerando segundo de la presente resolución. TERCERO.- En términos del considerando cuarto, se confirma la inexistencia de la información requerida a la Dirección de Coordinación y Vinculación Ministerial con el Centro de Justicia para las Mujeres de la Fiscalía General del Estado de Yucatán, con relación al número de solicitudes de órdenes de protección rechazadas y las razones, en virtud de que la Unidad no cuenta con esa información en los términos solicitados. CUARTO.- Se instruye a la Unidad de Transparencia a notificar a la solicitante la presente resolución, informándole que ésta podrá ser impugnada a través del Recurso de Revisión en los plazos establecidos en las disposiciones legales aplicables, con fundamento en el artículo 132 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. En tal virtud, y en cumplimiento en lo establecido en el artículo 133 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, se adjunta el oficio marcado con el número FGE/VICEFIS/DCVMCJM/0368/2023 de 26 de diciembre de 2023, suscrito por la Dirección de Coordinación y Vinculación Ministerial con el Centro de Justicia para las Mujeres de la Fiscalía General del Estado de Yucatán, así como la resolución de 11 de enero del 2024 y el Acta de la Segunda Sesión Extraordinaria del Comité de Transparencia de la Fiscalía General del Estado, celebrada el día de hoy. Atendiendo al punto resolutivo cuarto, sírvase el presente como vía de notificación para los alcances legales establecidos en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Sin otro particular, le envío un cordial saludo. A t e n t a m e n t e Licda. Ana María Castro Cen Titular de la Unidad de Transparencia de la Fiscalía General del Estado.Archivo adjuntoDescargarFolioYUC-IP-310568623000697