Yucatán - Fiscalia General Del Estado De Yucatan - (YUC)

Solicitud del día 19/12/2023 a la dependencia Yucatán - Fiscalia General Del Estado De Yucatan - (YUC) del órgano Yucatán

DescripciónCon base en el artículo sexto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en apego a la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información, solicito la siguiente información: Un documento que contenga el número de madres buscadoras de personas desaparecidas que se tienen registradas en su estado. Respuesta del día18/01/2024Texto de respuestaAsunto: Respuesta Ciudadana del Folio 310568623000708 Mérida, Yucatán a 15 de enero de 2024. C. Sandra García Presente.- Por medio del presente y en atención a su solicitud marcada con el folio número 310568623000708, de 19 de diciembre del 2023, me permito hacerle de su conocimiento que en la resolución de 11 de enero del 2024 y confirmada en la Segunda Sesión Extraordinaria del Comité de Transparencia, se determinó lo siguiente: “PRIMERO.- Este Comité de Transparencia es competente para conocer y resolver el presente asunto, de conformidad con los preceptos legales citados en el considerando primero de la presente resolución. SEGUNDO.- De conformidad con los argumentos precisados en el considerando cuarto, se confirma la inexistencia de la información requerida a la Unidad de Búsqueda de Personas Desaparecidas o No Localizadas de la Fiscalía General del Estado de Yucatán, relativa a la existencia de un documento que contenga el número de madres buscadoras de personas desaparecidas que se tienen registradas en el estado, toda vez que no se cuenta con registro de madres buscadoras. TERCERO.- Se instruye a la Unidad de Transparencia a notificar a la solicitante la presente resolución, informándole que ésta podrá ser impugnada a través del Recurso de Revisión en los plazos establecidos en las disposiciones legales aplicables, con fundamento en el artículo 132 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. .” En tal virtud, y en cumplimiento en lo establecido en el artículo 133 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, se adjunta el oficio marcado con el número FGE/UBP/3290/2023, de 26 de diciembre del 2023, respectivamente suscrito por la Unidad de Búsqueda de Personas Desaparecidas o No Localizadas de la Fiscalía General del Estado de Yucatán, así como la resolución de 11 de enero del presente año y el Acta de la Segunda Sesión Extraordinaria del Comité de Transparencia de la Fiscalía General del Estado, celebrada el día de hoy. Atendiendo al punto resolutivo cuarto, sírvase el presente como vía de notificación para los alcances legales establecidos en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Sin otro particular, le envío un cordial saludo. A t e n t a m e n t e Licda. Ana María Castro Cen Titular de la Unidad de Transparencia de la Fiscalía General del Estado.Archivo adjuntoDescargarFolioYUC-IP-310568623000708

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaInexistencia de la información solicitadaTipo de respuestaINEXISTENTEMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta18/01/2024Fecha solicitud término18/01/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deYucatánSector de la dependenciaPoder Ejecutivo