Yucatán - Fiscalia General Del Estado De Yucatan - (YUC)
Solicitud del día 29/12/2023 a la dependencia Yucatán - Fiscalia General Del Estado De Yucatan - (YUC) del órgano Yucatán
DescripciónMonto ejercido mediante el Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral a Victimas; en el Ejercicio 2023 por la Comisión Estatal de Atención a Víctimas del Estado. Monto ejercido mediante el Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral a Victimas; en el Ejercicio 2022 por la Comisión Estatal de Atención a Víctimas del Estado. Numero de Victimas atendidas mediante el Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral a Victimas; en el Ejercicio 2023 por la Comisión Estatal de Atención a Víctimas del Estado. Numero de Victimas atendidas mediante el Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral a Victimas; en el Ejercicio 2022 por la Comisión Estatal de Atención a Víctimas del Estado. Numero de Victimas atendidas en el año 2023 por la Comisión Estatal de Atención a Víctimas del Estado. Numero de Victimas atendidas en el año 2022 por la Comisión Estatal de Atención a Víctimas del Estado. Detallar los Programas de Atención Inmediata y Primer Contacto de la Comisión Estatal de Atención a Víctimas del Estado. Otros datosComisión Estatal de Atención a Victimas del Estado de YucatanRespuesta del día11/01/2024Texto de respuestaAsunto: Respuesta al Folio 310568624000024 Mérida, Yucatán a 09 de enero de 2024 C. Hugo Ricardez Presente.- Por medio del presente y en atención a su solicitud marcada con el folio número 310568624000024, de 29 de diciembre del 2023, me permito hacerle de su conocimiento que en la resolución emitida el 08 de enero del presente año, la Unidad de Transparencia de la Fiscalía General del Estado, determinó lo siguiente: “PRIMERO.- Oriéntese al particular a tramitar su solicitud de acceso a información pública por internet, seleccionando como Sujeto Obligado Competente a la Unidad de Transparencia de la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas, en la siguiente página https://www.plataformadetransparencia.org.mx/, de conformidad con el considerando tercero de la presente resolución. SEGUNDO.- Infórmesele al peticionario que la presente resolución puede ser impugnada a través del Recurso de Revisión en los plazos establecidos en las disposiciones legales aplicables. TERCERO.- Notifíquese al solicitante el sentido de esta resolución. En tal virtud, cumpliendo con el punto resolutivo primero, se recomienda dirigir su solicitud a los sujetos obligados “Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas”. Se adjunta la resolución emitida el 08 de enero del 2023, por la Unidad de Transparencia. Atendiendo a los puntos resolutivos segundo y tercero, sírvase el presente como vía de notificación para los alcances legales establecidos en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Sin otro particular, le envío un cordial saludo. Atentamente: Licda. Ana María Castro Cen Titular de la Unidad de Transparencia Fiscalía General del EstadoArchivo adjuntoDescargarFolioYUC-IP-310568624000024